Correos abre el plazo de solicitud de voto de modo telemático

E.Carretero
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La petición telemática, que evitar personarse en una oficina, se puede solicitar a través de la web de la empresa postal, siendo necesario disponer de certificado digital o DNI electrónico y de la app Autofirma

Correos abre el plazo de solicitud de voto de modo telemático - Foto: Belén González

El  23 de julio los españoles están  nuevamente llamados a las urnas, en este caso para participar en el proceso de Elecciones Generales. En plena época vacacional serán muchos los que opten por el voto por correo, por lo que desde Correos ya iniciado los trámites para poder solicitar esta opción que además de en las propias oficinas postales se podrá pedir  de forma online a través de la web correos.es. Los interesados en esta opción, en este caso residentes en España o que residan en el extranjero pero se encuentren en nuestro país temporalmente, podrán solicitar su voto hasta el 13 de julio incluido. No podrán hacerlo los electores residentes en España que se encuentren temporalmente en el extranjero, ni los electores residentes en el extranjero que lo soliciten desde su país de residencia.

En este modelo de solicitud, que evita desplazamientos, los interesados deben acreditar su identidad mediante firma electrónica, aceptándose como sistemas de identificación válidos los certificados digitales de persona física reconocidos por el Ministerio de Industria y el DNI electrónico (DNI-e). 

También es necesario, explican desde Correos, tener instalada la aplicación de Autofirma, que permitirá la firma electrónica de la solicitud por parte del interesado. 

Una vez leídas en detalle las instrucciones y comprobado que se dispone de un certificado digital en vigor y Autofirma instalado, se accede al proceso.  Aparecerá una pantalla con los datos básicos como son DNI, nombre y apellidos, y se rellenarán los demás datos de la solicitud (nacionalidad, fecha de nacimiento, etc.), los datos de la dirección postal donde se desea recibir la documentación electoral y se seleccionará la provincia en cuyo censo se está registrado.

La dirección no tiene por qué coincidir con el domicilio habitual o el de empadronamiento, por lo que es recomendable aportar la dirección en la que se encuentre el elector a partir del 3 de julio, fecha en la que el Censo Electoral comenzará a enviar la documentación electoral.

Tras revisar los datos introducidos y, si está conforme, procederá a la firma electrónica con su certificado digital haciendo uso de Autofirma. Para finalizar, sobre el documento firmado por el interesado, Correos realizará una firma electrónica adicional y facilitará la descarga de una copia del mismo a modo de justificante, finalizando de este modo la solicitud, que quedará presentada y grabada en el sistema. Una vez presentada la solicitud vía web, si es aceptada por la Oficina del Censo Electoral, no se podrá votar en la mesa electoral el día de la votación.

Tras comprobar la inscripción de los solicitantes en el censo, las Delegaciones Provinciales de la Oficina del Censo Electoral remiten con carácter certificado y urgente los envíos con la documentación electoral (certificado de inscripción en el censo, sobres y papeletas de todas las candidaturas) a partir del 3 de julio a la dirección indicada por el elector en la solicitud, por lo que se recomienda aportar la dirección en la que se encuentre el elector a partir de esa fecha. El cartero realizará al menos dos intentos de entrega. 

El solicitante tiene de plazo hasta el 19 de julio para depositar el sobre con su voto en cualquier oficina de Correos en toda España, en su horario habitual de apertura si bien desde la empresa se recomienda a los ciudadanos que deseen ejercer su derecho al voto por correo que procuren no esperar hasta el último día dadas las fechas.