El Tribunal Central de lo Contencioso Administrativo nº.7 ha autorizado, mediante Auto de 26 de mayo de 2022, el bloqueo de acceso a la página flipax2.net tras la solicitud de CEDRO ante la Sección 2ª de la Comisión de Propiedad Intelectual del Ministerio de Cultura y Deporte.
En esta página los usuarios podían acceder de forma no autorizada a más de 1.500 títulos de libros y casi 1.700 cabeceras de publicaciones periódicas (diarios y revistas).
«En CEDRO continuamos con nuestra lucha contra la piratería digital intentando frenar prácticas ilegales como esta. Siempre es una buena noticia que se autorice el bloqueo de una de las páginas piratas que perseguimos diariamente con nuestro equipo antipiratería», explica Jorge Corrales, director general de CEDRO.
El proceso se inició mediante solicitud de CEDRO ante el Ministerio de Cultura y Deporte para el restablecimiento de los derechos de Propiedad Intelectual vulnerados por la página, en la que se ofrecían enlaces a copias piratas de libros, periódicos y revistas, sin la necesaria autorización, para descarga de gran cantidad de obras de texto.
Tras comprobar que la página denunciada infringía los derechos de Propiedad Intelectual, la Sección 2ª inició el procedimiento de Salvaguarda de los derechos de Propiedad Intelectual posiblemente vulnerados, con fecha 29 de marzo de 2022 y que culminó con la resolución judicial, que ordenaba la interrupción del servicio de la Sociedad de la Información que llevaba a cabo la página denunciada y el bloqueo a dicha web.
Jorge Corrales, director general de CEDRO, recuerda: «Estas prácticas ilegales afectan directamente a los autores y editores de libros, periódicos, revistas y partituras». «Nuestro objetivo es que la red sea un lugar seguro para autores y editores. Trabajamos para hacer sostenible la cultura escrita», añade.
Como consecuencia de la resolución, que todavía no es firme, los proveedores de acceso a Internet españoles deberán bloquear el acceso a cualquier dominio web que el responsable pudiera utilizar, o que redirija a dicha página. Así como a todas aquellas webs proxy que sirvan como intermediarias para acceder a la anterior. En caso de incumplimiento, podrán sufrir las sanciones previstas en la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información.