Las diputaciones disolverán las agrupaciones de municipios

David Alonso
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El objetivo es completar la competencia que ya tenían asumida y fomentar el sostenimiento de los puestos de secretario-interventor en los pequeños pueblos

Imagen del despacho del secretario de un municipio de la provincia de Burgos. - Foto: Rebeca Ruiz

Las nueve diputaciones provinciales de Castilla y León ven ampliadas sus competencias y a partir de ahora serán las encargadas de disolver las agrupaciones de municipios dentro de sus territorios. Una potestad que desde hace treinta años recaía en la Junta de Castilla y León. El objetivo último es «agilizar» la gestión de estos procedimientos para reforzar el sostenimiento de los puestos reservados a los funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional, los conocidos como secretarios-interventores. Para ello, el consejero de la Presidencia, Luis Miguel González Gago, tiene sobre la mesa la modificación del Decreto 256/90, de 13 de diciembre, con el que las entidades provinciales cerrarán el círculo abierto hace 34 años, cuando se les encomendó la labor de iniciar de oficio, ordenar, instruir y aprobar los expedientes de constitución de agrupaciones de municipios. Una vez que se apruebe esta modificación del Decreto, también tendrán la misión delegada por el Ejecutivo autonómico para disolverlas.

Los secretarios-interventores son unas figuras clave dentro de las pequeñas localidades que en los últimos años se han convertido en un quebradero de cabeza para las administraciones por la falta de este tipo de profesionales. De hecho, el Ejecutivo autonómico tuvo que constituir el verano pasado una bolsa de trabajo provincializada para la provisión temporal, formada por 1.250 efectivos disponibles para poder cubrir de forma interina estos puestos de secretario-interventor, que se completaba con otros 200 para cobertura de las plazas de intervención-tesorería y 86 para secretarios de entrada.

Estos trabajadores públicos velan por el funcionamiento de los ayuntamientos en municipios de menos de 5.000 habitantes, que representan al 97 por ciento de los municipios de Castilla y León y se encargan de funciones de la fe pública y asesoramiento legal, del control y fiscalización interna de la gestión económica o de la tesorería. «La falta de este funcionario en un ayuntamiento pequeño puede generar graves dificultades a la hora de realizar tareas administrativas importantes en diferentes ámbitos», explicaban desde la Junta el pasado mes de julio.

Y es que la logística administrativa vigente para constituir o finiquitar estas agrupaciones de municipios suele estar vinculada cuando se trata de ampliar los pueblos acogidos bajo el paraguas de esta figura. Es decir, si una agrupación de municipios cuenta con tres localidades y quiere incorporar una cuarta, tiene que liquidar la agrupación actual y constituir la nueva.

«Los principios de subsidiariedad, eficacia y eficiencia determinan la necesidad de que una mima administración ejerza las funciones tanto para la constitución como la disolución de estas agrupaciones de municipios», reconocen desde la Consejería de la Presidencia, que recuerdan que teniendo delegadas las nueve diputaciones el ejercicio de las funciones para la constitución de estas agrupaciones de municipios «es coherente que se complete, con la delegación del ejercicio de las funciones para su disolución aprovechando, además, los recursos de los que dispone».