No habrá compensación por la suspensión de la ORA en pandemia

L.C.S
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El Ayuntamiento desestima la petición presentada por la empresa adjudicataria de «reequilibrio económico del contrato» al considerar que no hubo desequilibrio pese a la eliminación del cobro de ese servicio durante 71 días

No habrá compensación por la suspensión de la ORA en pandemia - Foto: Isabel García

El Ayuntamiento de Ávila ha desestimado la solicitud de «reequilibrio económico» del contrato interpuesta por la empresa Dornier SA por la merma de ingresos debido a la suspensión de la ORA en la pandemia al considerar que no hubo «desequilibrio» pese a la eliminación del cobro de ese servicio durante 71 días del año 2020.

La empresa Dornier SA, adjudicataria de la Gestión del Servicio Público de Regulación del Estacionamiento de Vehículos en la Vía Pública (ORA), retirada de vehículos de las vías públicas y explotación de los aparcamientos subterráneos para vehículos El Rastro y San Jerónimo, presentó una serie de escritos en el Consistorio abulense solicitando «el reequilibrio económico del contrato, debido a la suspensión del servicio de la ORA». En estos escritos constaba «una relación de los ingresos percibidos en el periodo comprendido entre el 21 de marzo y 31 de mayo de 2023, y una estimación de los menores ingresos percibidos considerando un promedio calculado en función de los ingresos indicados por la empresa como recaudados entre esa fechas en los tres ejercicios anteriores»; también «una relación de los menores costes de personal por ERTE, debido a la suspensión del servicio», y, por último, «una relación de la reinversiones realizadas en virtud de lo establecido en la oferta que sirvió de base a la licitación, indicando la fecha de realización y el importe de las mismas».

Una vez analizados estos documentos por parte de los servicios jurídicos municipales, se ha desestimado la petición de «reequilibrio económico» porque «trasladando al modelo de rentabilidad de la concesión los menores ingresos y gastos, según los datos aportados por la concesionaria, como consecuencia de la suspensión de la misma con motivo de la COVID 19, no se deduce desequilibrio económico de la concesión a compensar al concesionario, en la medida en que no se han realizado por parte del mismo las reinversiones en los términos contemplados en dicho modelo de rentabilidad de la concesión que sirvió de base para la adjudicación».

En la decisión adoptada por el Ayuntamiento se hace constar como argumento para desestimar la solicitud de Dornier que «en el informe elaborado por la Intervención Municipal, y una vez incorporados al modelo de rentabilidad los costes e ingresos reales durante el periodo de suspensión debido a la pandemia, y aplicadas las reinversiones realizas por el concesionario y que forman parte del contrato al ejercicio donde en realidad son ejecutadas, no queda acreditado desequilibrio a favor del concesionario, debido a que las reinversiones previstas en el modelo de rentabilidad del contrato no se han ejecutado en las fechas previstas en la oferta e, incluso, algunas de ellas no se encuentran realizadas». 

La empresa no quiso realizar valoraciones de esta decisión del Ayuntamiento y no aclaró la cantidad solicitada como indemnización y tampoco si iba a recurrir el dictamen municipal. Desde el Consistorio tampoco se informó de la cantidad económica que la empresa solicitaba como reequilibrio de contrato.