El Procurador del Común defiende la Atención Pediátrica

I.Camarero Jiménez
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El problema ya está solucionado, pero a esta instancia llegó el verano pasado la queja de un grupo de padres de El Barco-Piedrahíta y Muñana que se quedaron sin profesional de área que atendiera a sus hijos. El Procurador pide un estudio a la Junta

El Procurador del Común de Castilla y León Tomás Quintana López acaba de resolver que «por parte del órgano competente de la Consejería de Sanidad se proceda a realizar un estudio exhaustivo de las necesidades en la Atención Pediátrica de cada provincia (tanto en el ámbito rural como urbano), llevando a cabo una adecuada organización de los recursos materiales y personales y tomando en consideración aspectos tales como los derechos de los profesionales, la necesaria conciliación de la vida familiar y laboral de los padres, y el derecho de los menores a una asistencia sanitaria adecuada y de calidad e todo caso, al margen de su lugar de residencia».

El hecho de que lo traigamos a las páginas de provincia de este diario local tiene que ver con que fue al Procurador del Común al que recurrieron los vecinos de la zona de El Barco-Piedrahíta y Gredos cuando en julio del año 2020 se quedaron sin atención del Pediatría para sus niños. Se trataba de un pediatra de área que atendía a los usuarios de estas zonas. 666 nada menos, a razón de 348 en El Barco, 200 en Piedrahíta y 118 en Muñana. 

El problema se solventó para ellos en noviembre del año pasado según le consta a la Procuraduría, pero no se trata de un tema aislado, entiende Quintana. Ya ocurrió en otros casos, como el de Guardo en Palencia o más recientemente en la zona de El Bierzo o la Ribera del Duero. Considera el procurador que además no es un problema que afecte sólo a Castilla y León, pero como afecta a su ámbito de actuación ha resuelto pidiendo el pertinente informe a la Junta. 

En el desarrollo de resolución sale en defensa de manera argumentada de este tipo de atención sanitaria. Destaca la vulnerabilidad de los niños y la especial protección para ellos, ya sea en la Convención de los Derechos del Niño y Adolescente donde se recoge su derecho a disfrutar del mayor nivel de salud; como en el artículo 43 de la Constitución donde se recoge el derecho a la salud; o por parte del Tribunal Constitucional que ya en los 80 estableció el necesario equilibrio entre la protección de la salud y la obligación de los poderes públicos para mantener un sistema de salud eficaz y eficiente en las prestaciones sanitarias; así como en nuestro Estatuto de Autonomía  en el que se recoge el acceso a servicios sanitarios en condiciones de igualdad.

En este punto recuerda que en el caso de Barco-Piedrahíta los padres tuvieron que trasladarse a la capital para que les dieran el servicio propiamente pediátrico pues en la localidad se habían hecho cargo los médicos de Atención Primaria. También trae a colación un estudio de los profesionales sanitarios en los que se considera que «sin Pediatría la Atención Primaria estaría incompleta». 

Sin dudar por supuesto de la capacitación de los médicos de Primaria, recoge en el desarrollo de la resolución también la falta de pediatras para cubrir plazas y vuelve a la Asociación de Pediatría pues desde allí ya se pidió un plan serio de ajuste en la reposición de pediatras y en la necesidad de ofertar más plazas MIR en pediatría, además de proponer incentivar las plazas de pediatría de difícil cobertura.