El TC admite el recurso del Estado por el impuesto a Garoña

SPC
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El recurso no implica la suspensión de la vigencia de este tributo

Central nuclear de Santa María de Garoña. - Foto: Ical

El Pleno del Tribunal Constitucional ha admitido a trámite el recurso de inconstitucionalidad presentado por el presidente del Gobierno contra la Ley Medioambiental de Castilla y León, en concreto el Artículo Único. Cuatro de la Ley 6/2018, de 13 de noviembre, según informan fuentes del TC.

Esta ley modifica el impuesto sobre la afección medioambiental causada por determinados aprovechamientos del agua embalsada, por los parques eólicos y por las instalaciones de transporte de energía eléctrica de alta tensión regulado en el texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad de Castilla y León en materia de tributos propios y cedidos.

El Gobierno considera que la ley impugnada incluye un nuevo hecho imponible en la letra c) del art. 51.1 del texto refundido aprobado por Decreto Legislativo 1/2013, de 12 de septiembre, lo que genera una doble imposición.

En el recurso de inconstitucionalidad el presidente del Gobierno no invoca los arts 161.2 de la Constitución y 30 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, por lo que no procede la suspensión de la vigencia del precepto legal impugnado.

El Tribunal ordena que se dé traslado de la demanda y documentos presentados al Congreso de los Diputados y al Senado, así como a las Cortes y a la Junta de Castilla y León, para que puedan personarse y formular las alegaciones que consideren convenientes. La sentencia que se dicte en su día será redactada por el magistrado ponente Andrés Ollero.