Las Navas compensará a negocios la tasa de agua y basuras

I.Camarero Jiménez
-

El Boletín Oficial de la Provincia publicaba este martes las bases y el Ayuntamiento ha habilitado una partida de 100.000 euros destinada a tal fin

Desde hoy 3 de marzo y hasta el próximo 3 de abril aquellos propietarios de negocios en Las Navas que se vieron obligados a cerrar con motivo de la pandemia y de la aplicación del estado de alarma podrán solicitar las pertinentes subvenciones con las que se les devuelva lo que pagaron por la tasa de agua o de basuras en la anualidad 2020.

Así lo hace saber el Ayuntamiento navero tras publicar las bases para la convocatoria de estas ayudas a las que destina una partida de 100.000 euros, tal y como recoge el Boletín Oficial de la Provincia (BOP)en su edición de este martes 2 de marzo.

Precisamente en el BOP el Consistorio navero hace saber que «no es ajeno a esta problemática por la que están pasando muchos de sus vecinos, y considera que, si bien la salud está por encima de todo, las Administraciones en su conjunto deben de tomar medidas para mejorar las condiciones económicas de la población».

Así pues, relata que en el ámbito de sus competencias se encuentran las diferentes tasas y precios públicos, además de otros tributos, que son de competencia municipal, pero que, sin embargo, se regulan en legislación básica estatal». 

Precisamente por ello afirman que el ámbito de actuación discrecional de los Ayuntamientos es muy escaso.

Como no pueden eximir del pago de las tasas de forma directa lo que hacen es habilitar esa línea de subvenciones directas de las que hablábamos al principio y que compensan el pago de esta tasa. En el caso de que se superarán los 100.000 euros destinados a esta ayuda se tendrá en cuenta la presentación cronológica de las solicitudes.

Es condición, impuesta legalmente, que previamente se haya pagado la tasa para optar a estas ayudas que subvencionarán el importe de los recibos en concepto de tasa de basura y agua durante todo el año 2020.

¿Quién puede optar a ello? Los requisitos que recoge el ‘boletín oficial’ pasan por que «se deberá ser titular de algún negocio (concretamente es para bares, restaurantes hasta 200 metros cuadrados, restaurantes de entre 201 y 300 metros cuadrados y los de más de 301, hostales, hoteles, fondas, pensiones... y resto de comercios). Además el recibo deberá estar emitido a su propio nombre o del negocio; se tiene que haber abonado con anterioridad a la fecha de la solicitud, el importe total devengado durante todo el año 2020 por ambos conceptos.

No podrán ser beneficiarias todas aquellas personas que, a fecha de solicitud, tengan alguna deuda pendiente con el Ayuntamiento de Las Navas del Marqués, cuyo pago se encuentre fuera del plazo voluntario.