Condenado a año y seis meses de cárcel por tráfico de drogas

E.Carretero
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Acuerdo entre Fiscalía y defensa en el juicio celebrado en la Audiencia Provincial por unos hechos ocurridos en Arenas en 2011, cuando al acusado se le intervino una pequeña cantidad de cocaína

Condenado a año y seis meses de cárcel por tráfico de drogas

El juicio fijado para este miércoles en la Audiencia Provincial de Ávila por un delito de tráfico de drogas con grave daño a la salud se cerró con acuerdo entre la Fiscalía y la defensa para condenar a L. A. R. D a una pena de un año y seis meses  de prisión y a una multa de 143 euros, así como al pago de las costas procesales.

Los hechos juzgados tuvieron lugar en Arenas de San Pedro y se remontaban al año 2011 cuando al condenado, natural de República Dominicana, se le intervino una pequeña cantidad de cocaína si bien por  «diversas vicisitudes», entre ellas que el acusado ha permanecido fuera de nuestro país durante bastante tiempo, el juicio no se celebró hasta este miércoles, como explicó el teniente fiscal de la Fiscalía Provincial de Ávila, Javier Rojo.  

Inicialmente, la Fiscalía pedía para el acusado, y por un delito contra la salud pública, una pena de tres años de cárcel, así como una multa de del tanto al triplo por la cocaína intervenida, si bien debido al tiempo transcurrido desde que tuvieron lugar los hechos delictivos, durante el cual se han «modificado las circunstantes del condenado», y a la «ínfima» cantidad de cocaína que el mismo portaba el fiscal finalmente redujo su solicitud de pena en un grado, hasta el año y seis meses de prisión y multa de 143 euros, propuesta que fue aceptada por la defensa.  

Aparte de esta condena, ya firme, la Fiscalía solicitó también que en la ejecución de sentencia se sustituya la pena privativa de libertad por la de expulsión del territorio nacional que es «lo que, salvo supuestos excepcionales, estable el Código Penal para los extranjeros condenados a penas superiores a un año de privación de libertad».

«La Fiscalía ha solicitado la expulsión porque, entendemos, es aplicable en este caso y así está dispuesto en el artículo 89 del Código Penal, que determina que salvo supuestos excepcionales lo que procede en estos casos es la sustitución de la pena privativa de libertad por la expulsión del territorio nacional con prohibición de regreso en un periodo de tiempo de entre 5 y 10 años», explicó el teniente fiscal de la Fiscalía Provincial de Ávila. Concretamente, en este caso la Fiscalía ha solicitado que en el supuesto de que, como solicita, la pena de prisión se sustituya por la de expulsión el condenado no pueda regresar a nuestro país hasta pasados 5 años.

Y aunque Fiscalía y defensa sí llegaron a un acuerdo en lo que a penas se refiere no lo hubo en lo que a la propuesta de ejecución de sentencia se refiere, rechazando la representación del condenado la expulsión del país por entender que su representado no ha vuelto a delinquir durante todo este tiempo y teniendo en cuenta además, aseguró, que el acusado había viajado a España desde República Dominicana, su país de origen, expresamente para cumplir con sus obligaciones judiciales y asistir al juicio seguido contra él en el Audiencia Provincial.

Aunque la sentencia es firme ya, ahora será el juez que el que tenga que determinar cómo se ejecuta esta pena y si el acusado debe o no ser expulsado del territorio nacional.