"Satisfacción" en la Junta por la condena a la caza del lobo

M.R
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La Administración regional ejerció la acusación particular y la condena se ajusta a la petición de penas planteada por sus Servicios Jurídicos

"Satisfacción" en la Junta por la condena a la caza del lobo - Foto: Isabel García

La Junta de Castilla y León ha hecho pública este miércoles su "satisfacción" por la sentencia condenatoria a los hombres acusados de disparar y abatir ilegalmente un lobo ibérico durante su participación en una montería celebrada en una finca de Tornadizos en noviembre de 2015. Los Servicios Jurídicos de la Consejería de Presidencia consideran que la sentencia del Juzgado de lo Penal de Ávila de la que este diario informó ayer "avala el cumplimiento escrupuloso de la legislación medio ambiental vigente, y la especial protección que la Junta de Castilla y León ofrece a las especies protegidas y, por extensión, a toda la fauna de la Comunidad, que en el caso enjuiciado afectaba al lobo, protegido especialmente en nuestra Comunidad de Castilla y León al sur del Duero".

Durante el proceso judicial que se ha dirimido con una condena por la comisión de un delito contra la fauna, "la Junta de Castilla y León ejerció la acusación particular al tratarse el animal abatido de una especie protegida, tal y como se dedujo del estudio morfológico de las pruebas recogidas en el lugar de los hechos, efectuadas por el Servicio Territorial de medio Ambiente de la Junta de Castilla y León", explica la Administración regional, que recuerda que el ministerio fiscal no ejerció su acusación pública en este caso. Cabe recordar que también ejercieron la acusación particular tres organizaciones ecologistas, una de las cuales considera la sentencia como "histórica" por ser "la primera vez que se condena en España la caza ilegal de un lobo", afirmó este martes Ecologistas en Acción.

Tal "como solicitaban los Servicios Jurídicos de la Junta de Castilla y León, el juez condena a los dos acusados por un delito contra la fauna, previsto y penado en el artículo 334.1 a) del Código Penal, a una pena de multa de ocho meses, y asimismo les impone la pena accesoria de inhabilitación especial para profesión u oficio e inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de cazar por tiempo de tres años". Además y en relación con la responsabilidad civil, el fallo dicta que ambos acusados deberán indemnizar conjunta y solidariamente a la Junta de Castilla y León con la cantidad de 9.261 euros, cuantía en la que se tasó el ejemplar de lobo ibérico, y que se corresponde con la petición de los Servicios Jurídicos de la Administración regional.