El consentimiento y alcance del abuso, en las conclusiones

M.E
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Visto para sentencia el juicio sobre el abuso sexual en una casa rural. Mientras fiscal y acusación consideran acreditado un abuso no consentido y con acceso carnal y subrayan el "reconocimiento tácito" del acusado, la defensa dice que no hay pruebas

El consentimiento y alcance del abuso, en las conclusiones

El juicio celebrado este miércoles y jueves en la Audiencia Provincial de Ávila contra D.G. como autor de un presunto delito de abuso sexual a una joven en una fiesta nocturna durante una estancia de un grupo de amigos en una casa rural en El Oso, en el verano de 2019, ha quedado visto para sentencia. Todas las partes elevaron a definitivas las conclusiones y mantuvieron la petición de penas inicial, esto es, siete años de prisión, inhabilitación del derecho de sufragio pasivo y libertad vigilada por tiempo de siete años por parte del Ministerio Fiscal, 8 años de prisión por parte de la acusación particular y la absolución por parte de la defensa. De forma adicional, la acusación particular pidió el alejamiento del procesado respecto a la víctima durante cinco años. 

Toda vez que la calificación del delito juzgado era de los artículos 181.1, 2 y 4 del Código Penal (abuso sexual no conesentido sobre personas privadas de sentido y en acceso carnal por vía vaginal, anal o bucal), el consentimiento o no de la víctima en la relación sexual y el alcance del presunto abuso sexual centraron buena parte de la conclusiones de las partes, aunque en diferente sentido. Así, tanto la Fiscalía como la acusación particular manifestaron que veían "acreditado" que la víctima no había dado su consentimiento al encontrarse "privada de sentido" por efectos de la ingesta de alcohol y que la naturaleza del abuso había llegado a la "penetración por vía vaginal", dado el "dolor" en sus partes íntimas que sintió la víctima a la mañana siguiente y el hecho "materialmente imposible" de que el acto sexual se hubiera producido con ella con el tanga bajado si estaba, como D.G. declaró, sentada en sus rodillas con las piernas abiertas. Estas afirmaciones se basaron en lo que consideraron las "contradicciones e inexactitudes" en el relato del acusado y en el "reconocimiento tácito" de los hechos por su parte, así como en "el apoyo" a esa versión de "casi todos los testigos", el resto de amigos que se encontraban en la casa rural. Además, hicieron referencia al informe de ADN en el que se refleja que, aunque no se hallaron restos de semen, "sí hay restos biológicos del acusado en las prendas" de la víctima, así como a una citología que señala "cambios celulares asociados a una inflamación".

La defensa, por su parte, centró su alegato final en que los hechos que se juzgaban "no han quedado acreditados", más allá de "una relación sexual" basada "en tocamientos" que el procesado "reconoció y entendió que se estaba produciendo con el consentimiento" de la joven. A su juicio, se había quebrado la presunción de inocencia de su defendido y, aunque reconoció "alguna contradicción" en su declaración que achacó a la ingesta de alcohol, aseguró que el único relato válido de lo sucedido era el suyo porque la joven "no recuerdo nada; el resto son conjeturas, dimes y diretes de los testigos" de los que, además, cuestionó su credibilidad. Además, la defensa hizo hincapié en "lo que tardó" la joven en denunciar y en presentar una citología "con una pequeña inflamación pero no sabemos producto de qué", de ahí que considerara que no había pruebas suficientes ni de la falta de consentimiento ni de la penetración por vía vaginal.