Condenado a 2 años de prisión por abuso sexual de una menor

E.C.B
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El procesado, primo del padre de la niña a la que ayudaba en las tareas escolares, expresó durante el juicio en la Audiencia Provincial de Ávila su conformidad con los hechos que se le impataban y las penas solicitadas por la Fiscalía y la acusación

Sede de la Audiencia Provincial de Ávila. - Foto: Diario de Ávila David Castro

La Audiencia Provincial de Ávila ha condenado a un hombre a dos años de prisión por abusar sexualmente de una menor, hija de su primo, a la que ayudaba con las tareas escolares. Según recoge la sentencia, fechada el pasado 20 de octubre y que es firme, en torno al año 2010, cuando la menor tenía nueve o diez años, el procesado aprovechó los momentos en los que estaba a solas con la niña en su casa para realizarle tocamientos, sin poderse precisar el número de veces que ocurrieron hechos de este tipo.

Posteriormente, en septiembre de 2015, cuando la menor y su familia viajaron a Almería, lugar donde se había mudado el procesado, éste procedió una noche a meterse en la cama donde dormía la menor  realizándole de nuevo tocamientos con «el evidente propósito de satisfacer sus deseos libidinosos», indica la sentencia como hechos probados.

Por todo ello y de conformidad  con el propio acusado, ha sido condenado como responsable en concepto de autor de un delito continuado de abuso sexual (artículo 181.1 y 4 del Código Penal) y de un delito de abuso sexual a un menor (artículo 183.1), por lo que se le impone una pena de dos años de prisión y la prohibición de aproximarse a la víctima a menos de 500 metros, en cualquier lugar en el que ella se hallase, o de comunicarse con ella por cualquier medio o procedimiento durante nueve años. Además, se le impone la medida de libertad vigilada por el plazo de siete años, a concretar y ejecutar con posterioridad a la pena privativa de liberdad.

También ha sido condenado a 24 meses de multa con una cuota diaria de dos euros y con la responsabilidad personal subsidiaria, y ha sido inhabilitado para ejercer cualquier tipo de profesión u oficio, sea o no retribuido, que conlleve contacto regular y directo con menores de edad, por un plazo de tiempo superior en cinco años a la pena de prisión impuesta en la presente sentencia.

De igual forma, el condenado deberá indemnizar a la víctima en la suma de 5.000 euros.

Durante el juicio celebrado en la Audiencia Provincial, el acusado expresó su conformidad con los hechos, la calificación jurídica y las penas solicitadas por el ministerio fiscal y por la acusación particular, por lo que dictada la sentencia 'in voce', las partes manifestaron su decisión de no recurrir la misma.