El servicio de transporte sanitario registra 114 quejas

E.Carretero
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El Procurador del Común advierte de «presuntas deficiencias» e insta a la Gerencia de Salud a llevar a cabo una fiscalización adecuada de este contrato

El servicio de transporte sanitario registra 114 quejas - Foto: David Castro

El Procurador del Común ha emitido una resolución en la que advierte de «presuntas deficiencias» en el transporte sanitario de Ávila.  Lo ha hecho en relación con el caso de una mujer de 92 años vecina de un pueblo abulense situado a hora y media de la capital que tras sufrir un desvanecimiento hubo de ser trasladada al Complejo Hospitalario de Ávila en una ambulancia que tardó dos horas en llegar después de llamar al 112. Una espera que se repitió al día siguiente, tras ser dada de alta, y cuando desde el propio centro hospitalario se solicitó

ambulancia para el traslado a su domicilio, servicio por el que esperó de nuevo otras dos horas. Además, y por si fuera poco, cuando la paciente se encontraba en la ambulancia el camillero se percató de la existencia de «deficiencias en el documento de traslado», haciendo regresar a la mujer al hospital otra vez. Tras otras dos horas, se inició nuevamente el traslado en una ambulancia diferente, la cual, una vez recorridos ocho kilómetros aproximadamente, regresó de nuevo al hospital a recoger a otro enfermo, lo que hizo que esta paciente nonagenaria llegara a su domicilio siete horas después de haber sido dada de alta, una situación que motivó la presentación de una queja ante el Procurador del Común.

Admitida a trámite la queja y tras la correspondiente investigación, el órgano regional que dirige Tomás Quintana ha emitido una resolución en la que se pide a la Gerencia Regional de Salud que investigue el retraso en la llegada de la ambulancia tras el aviso al 112, así como también que se proceda a la investigación de los hechos a fin de verificar las razones por las que la paciente hubo de regresar a la habitación una vez dada de alta y cuando ya se hallaba en la ambulancia con destino a su domicilio. Del mismo modo, la resolución emitida ante esta queja por el órgano regional también solicita que se inicie un expediente administrativo para la investigación de los hechos acaecidos durante este traslado para, en su caso, la imposición al contratista del servicio público de transporte sanitario de la provincia de Ávila «de las penalidades determinadas en el pliego de cláusulas administrativas» del contrato de adjudicación de este servicio «si se constata un incumplimiento de las mismas al regresar a buscar a otro paciente».  

Y aunque esta resolución el Procurador del Común lo es exclusivamente en relación con el caso de esta paciente nonagenaria, el órgano regional deja ver que lejos de ser un problema puntual podría tratarse de una situación bastante generalizada en nuestra provincia teniendo en cuenta que en el informe remitido por petición del Procurador del Común la  Gerencia Regional de Salud reconoce que durante el año 2019 se presentaron en Ávila 114 reclamaciones relacionadas con el transporte sanitario y que «en un alto porcentaje las mimas estaban relacionadas con el tiempo de espera» de los pacientes. «114 reclamaciones son un número más que suficiente para concluir que ha de llevarse a cabo una fiscalización adecuada de la forma en la que se está llevando a cabo la prestación del servicio de transporte sanitario, adoptando las medidas oportunas para mejorarlo», afirma el Procurador del Común.

De hecho, recoge la resolución emitida sobre el caso de esta nonagenaria, la propia Consejería de Sanidad no encuentra «explicación alguna» para lo ocurrido para que una vez acomodada la paciente en la ambulancia  el vehículo debiera regresar a recoger a otro enfermo, recordando además que la propia administración sanitaria reconoce que «en las Comisiones de Transporte Sanitario no urgente se han analizado las reclamaciones más significativas con la empresa adjudicataria a fin de dar solución a las demandas planteadas por los pacientes».

Todo esto lleva al Procurador del Común a hablar de la «posible existencia de irregularidad en la actuación» y a recordar que la Administración pública «tiene a su disposición mecanismos jurídicos para sancionar este tipo de conductas al margen de las que tenga el propio concesionario respecto de sus trabajadores en el ejercicio de la potestad disciplinaria, en el caso de que correspondiese su ejercicio».  Es más, la resolución apunta que en uso de los «poderes de policía» el órgano de contratación «puede imponer penalidades como consecuencia de incumplimientos del adjudicatario en la prestación».