La Junta endurece los controles para nuevos parques eólicos

SPC
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El decreto ley aprobado por la Consejería de Medio Ambiente denegará los proyectos renovables en las áreas naturales protegidas o en recuperación, así como a 500 metros de un bien de interés cultural

Imagen de un campo de molinos de viento en la provincia de Valladolid. - Foto: Miriam Chacón (Ical)

El Gobierno autonómico aumenta las garantías ambientales y endurece los requisitos para la instalaciones de nuevos parques eólicos y solares en terreno castellano y leonés que determina zonas en las que no se podrán levantar estas instalaciones que se han vuelto una constante en los márgenes de las carreteras regionales. Un decreto ley ha sido la figura normativa utilizada por la Consejería de Medio Ambiente para regular un sistema de protección ambiental, patrimonial, urbanística y agronómica para proyectos de parques eólicos y fotovoltaicos que decaerán si no respetan los valores ambientales.

El nuevo elemento normativo de Castilla y León incorpora y adapta el procedimiento abreviado establecido por el Gobierno de España para las autorizaciones de estas instalaciones que corresponden al Ministerio -más de 50 megavatios- a las tramitaciones de proyectos de competencia autonómica -50 megavatios o menos-, incorporando mayores controles ambientales que el Estado.

De esta forma, los parques eólicos y sus infraestructuras auxiliares no serán autorizables en suelo rústico en los terrenos incluidos en la red de áreas naturales protegidas, en los terrenos incluidos en áreas críticas de las especies protegidas con un plan de conservación o recuperación; en los terrenos ubicados a menos de 500 metros de un bien de interés cultural; en los terrenos ubicados a menos de mil metros de los núcleos urbanos y en los terrenos sobre los que se hayan desarrollado zonas regables, bien mediante la transformación de secano a regadío, o bien mediante la modernización de regadíos. De igual forma, las plantas fotovoltaicas y sus infraestructuras auxiliares tampoco serán autorizables en los mismos terrenos, además de en los montes arbolados, independientemente de su titularidad.

Además, el decreto ley aprobado por la Junta, por el que se aprueban medidas urgentes para la agilización de la gestión de los fondos europeos y el impulso de la actividad económica, agiliza tanto el archivo de los proyectos no viables por no respetar esos criterios, como la autorización de los que sí lo son. No obstante, se exceptúan las líneas de evacuación de energía producida por parques eólicos y plantas fotovoltaicas que atraviesen los terrenos mencionados, que con carácter general serán soterradas, que no estén prohibidas en los instrumentos de planificación ambiental aplicables y hayan sido evaluadas ambientalmente de forma específica y las instalaciones de generación de energías renovables para autoconsumo con una potencia máxima de cinco megavatios, cuya autorización seguirá la tramitación establecida en cada caso.

Planeamiento urbanístico

La norma también determina que una serie de actuaciones urbanísticas en suelo urbano no tienen efectos significativos sobre el medio ambiente y por tanto no requieren evaluación ambiental. Se trata de estudios de detalle, planes especiales y modificaciones de planeamiento vigente, en cuyo ámbito superficial no existan valores ambientales relevantes.

Esta modificación de la ley de Prevención Ambiental de Castilla y León permitirá excluir del procedimiento de evaluación ambiental estratégica simplificada a un 50% de los expedientes que hoy se someten, beneficiando al conjunto de ayuntamientos de la Comunidad al reducir los tiempos de aprobación de los instrumentos afectados.