Condenado a dos años de cárcel por abuso sexual a una menor

M.E
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Un hombre realizó "tocamientos" a su sobrina nieta, que tenía diez años, cuando estuvo de visita en su domicilio de la capital abulense, unos hechos que iban a ser juzgados y por los que finalmente hubo acuerdo entre acusación y defensa

Condenado a dos años de cárcel por abuso sexual a una menor

La Audiencia Provincial condenó este miércoles a un hombre, de iniciales E.P.L., a dos años de prisión como autor de un delito de abuso sexual a una menor, dentro del artículo 182.1 del Código Penal y en relación con el 192.1, 2 y 3, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho del sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y la prohibición de aproximarse a menos de 250 metros del domicilio de la víctima o de cualquier lugar en el que se encuentre por un tiempo de diez años. Además, se le impuso la medida de libertad vigilada por diez años, la inhabilitación especial para cualquier profesión u oficio, retribuido o no, que conlleve el contacto regular y directo con menores de edad por siete años, el pago de costas (incluidas las de la acusación) y la indemnización, como responsable civil, de 5.000 euros a la niña a través de sus representantes legales.

La sentencia ya es firme y fue dictada 'in voce' por parte del presidente de la Audiencia, después de que las partes hubieran llegado a un acuerdo de conformidad previo a la celebración del juicio, lo que evitó el desarrollo de la vista. Según explicó después el fiscal, los hechos sucedieron en el año 2020 en un domicilio de la capital abulense, cuando el acusado llegó a un núcleo familiar del que era pariente para pasar unos días y le sorprendió el confinamiento, alargando su estancia. En ese tiempo realizó "tocamientos y otros actos que no fueron de acceso carnal" a su sobrina nieta, una niña que entonces tenía diez años. 

Sobre la posible suspensión de la pena decidirá más adelante la sala. El condenado carece de antecedentes y la pena impuesta permite evitar la prisión, pero el fiscal condicionó esta posibilidad al cumplimiento de la responsabilidad civil, además de a la obligación de no delinquir y de respetar el tiempo de alejamiento de la víctima. Por parte de la defensa se pidió el fraccionamiento de la pena, a razón de cien euros al mes, al no disponer el sujeto de más ingresos regulares que los de un subsidio de poco más de 400 euros al mes.