Glovo, multado con 79 millones por vulnerar derechos laborales

Europa Press
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La ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, confirma que se ha procedido a regularizar la situación de 10.600 empleados. La empresa indica que la sanción no está relacionada con la denominada 'Ley Rider', ya que el periodo inspeccionado se refiere a 2018

Glovo, multado con 79 millones por vulnerar derechos laborales - Foto: VALENTYN OGIRENKO

La vicepresidenta segunda del Gobierno y ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, ha confirmado este miércoles que la Inspección de Trabajo ha impuesto una multa a Glovo de casi 79 millones de euros por "vulnerar los derechos de sus trabajadores".

Díaz, en declaraciones a la prensa a su llegada a la sesión de control al Gobierno en el Congreso de los Diputados, ha afirmado que se ha procedido a regularizar la situación de 10.600 trabajadores de esta empresa.

La vicepresidenta ha acusado a Glovo de "vulnerar" los derechos laborales de sus trabajadores y de "obstruir" la labor de la Inspección de Trabajo, algo que ha calificado de "gravísimo" en un Estado social y democrático de Derecho, en el que las empresas "tienen que cumplir la ley".

"Estamos ante una auténtica actuación de falsos autónomos y el peso de la ley va a caer sobre esta empresa, como ya ha caído con la Inspección", ha advertido la vicepresidenta.

Según ha adelantado este miércoles la cadena SER, la Inspección ha procedido a regularizar la situación de 8.331 trabajadores de Glovo en Barcelona y 2.283 trabajadores en Valencia a los que la empresa de reparto de comida se negó a poner en nómina.

La llamada Ley Rider obliga a las plataformas digitales de reparto a contratar como asalariados a sus repartidores. Esta ley se publicó el 12 de mayo de 2021 en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y daba un plazo de tres meses a las empresas para adaptarse a la normativa, con lo que su entrada en vigor se produjo el 12 de agosto de 2021.

La ley reconoce la presunción de laboralidad de los trabajadores que prestan servicios retribuidos de reparto a través de empresas que gestionan esta labor mediante una plataforma digital, en línea con la sentencia que dictó el Tribunal Supremo en septiembre de 2020, en la que establecía que los repartidores son trabajadores por cuenta ajena y no autónomos.

Glovo niega que la sanción tenga que ver con la 'Ley Rider'

No obstante, desde Glovo aseguran que la multa de la Inspección de Trabajo de casi 79 millones de euros no está relacionada con la denominada Ley Rider, ya que el periodo inspeccionado se refiere de 2018 hasta el 11 de agosto de 2021.

"La Ley Rider, que entró en vigor en 2021, no tiene nada que ver con el periodo sancionado", han asegurado a Europa Press en fuentes de la compañía, que han indicado que el importe notificado incluye no solo las propuestas de cuotas a la Seguridad Social, sino también una propuesta de sanción por cada repartidor.

Asimismo, las mismas fuentes han resaltado que durante el periodo de inspección, Glovo pidió ampliar y aportar sus pruebas, reflexiones y valoraciones, así como distinta documentación, algo que fue rechazado por la Inspección de Trabajo y pospuesto al momento en el que el acta ha sido presentada.

"Se trata de una resolución unilateral, que implica una propuesta de la Inspección, frente a la que la empresa tiene que presentar sus alegaciones, y después de la tramitación de un procedimiento de oficio en el ámbito de la Justicia, se analizarán las mismas para en su caso proponer un acta de liquidación y/o de infracción", han indicado desde Glovo.

CCOO de Cataluña y Uatae celebran la sanción

Poco antes de la entrada en vigor de la 'Ley Rider', CCOO de Cataluña informó de que había presentado dos denuncias ante la Inspección de Trabajo contra Glovo por incumplir presuntamente los derechos laborales de sus trabajadores y "desafiar la Ley Rider abiertamente sin hacer el intento de adaptarse a la normativa".

Las denuncias del sindicato iban dirigidas a que se produjera el reconocimiento de los trabajadores autónomos como asalariados y por el "intento de esta empresa de dar cobertura a su estructura sin la laboralización efectiva, ya sea con la subcontratación o ETT", según el sindicato.

Precisamente, CCOO de Cataluña ha celebrado este miércoles en un comunicado la sanción de 79 millones de euros que la Inspección de Trabajo ha interpuesto a Glovo.

El sindicato ha explicado que se presentará como parte interesada en el proceso sancionador por el "trabajo pionero, sindical y colectivo" que ha realizado la organización.

Por su parte, la organización de autónomos Uatae también ha celebrado la sanción de la Inspección a Glovo y ha pedido dotar de más recursos a la Inspección para que las empresas "no puedan utilizar la precariedad como parte estructural del trabajo autónomo".

"Hay que redoblar esfuerzos para que la lacra que hoy se hace visible con la utilización de los falsos autónomos en las empresas de reparto se pueda extender al resto de sectores que se ven afectados por este uso fraudulento", ha subrayado la secretaria general de Uatae, María José Landaburu.