Publicada la ley para flexibilizar el régimen presupuestario

SPC
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La Junta podrá destinar el resto del remanente de tesorería a financiar gastos del ejercicio en el que se haya producido la crisis sanitaria y sus efectos

Publicada la ley para flexibilizar el régimen presupuestario

El Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó hoy la modificación de la Ley de la Hacienda y del Sector Público de Castilla y León, con el objetivo de flexibilizar el régimen presupuestario ante situaciones excepcionales de emergencia de salud pública, derivada de la pandemia de la covid-19, informa Ical.

El documento recoge que la crisis sanitaria ocasionada por la covid-19 ha puesto de manifiesto una "nueva realidad" ante la cual ha sido necesario hacer frente a un "importante" número de gastos no previstos inicialmente por parte de ninguna administración, incluida la de Castilla y León. "Ha sido absolutamente necesaria tanto para garantizar la adecuada asistencia sanitaria a los afectados por la enfermedad como para dar respuesta a situaciones económicas y sociales de los que se han visto especialmente perjudicados por las consecuencias derivadas de la crisis", precisa.

De ahí que la Junta haya decidido, desde el punto de vista del régimen presupuestario de las administraciones, establecer mecanismos que garanticen la "máxima flexibilidad" para atender los gastos que deriven de situaciones de emergencia de salud pública como la vivida en los últimos meses. "Una flexibilidad que permita atender a los gastos derivados directamente de la emergencia de salud pública, así como otros que igualmente se han de seguir atendiendo para la correcta prestación de servicios por parte de la administración", añade

Por ello, la Junta aprobó la modificación de la Ley 2/2006, de 3 de mayo, de la Hacienda y del Sector Público de la Comunidad que incorpora un nuevo apartado en el artículo 134, con la siguiente redacción: "Sin perjuicio de lo establecido en los apartados anteriores, ante situaciones excepcionales de emergencia de salud pública debidamente declarada que conlleven un imprevisto y súbito aumento del gasto público, el titular de la Consejería competente en materia de Hacienda podrá destinar el resto del remanente de tesorería a financiar gastos del ejercicio en el que se haya producido la propia crisis o los efectos derivados de la misma".