Ávila rechaza por ambigua la Ley de Bienestar Animal

M.M.G.
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Veterinarios, protectoras, propietarios y empresarios se muestran mayoritariamente en contra de un texto legal que quedó aprobado definitivamente esta semana en el Congreso de los Diputados

Ávila rechaza por ambigua la Ley de Bienestar Animal

«Todas las personas están obligadas a tratar a los animales conforme a su condición de seres sintientes». Ésta es sólo una de las normas que recoge la polémica Ley de Protección de los Derechos y el Bienestar de los Animales, aprobada definitivamente este jueves en el Congreso de los Diputados tras haberse votado las casi veinte enmiendas incluidas en el Senado. La norma, que salió adelante con diez de estas modificaciones, busca, ante todo, prevenir el abandono de animales, penalizar el maltrato y fomentar la adopción frente a la compra.

Pero pese a que las intenciones son buenas, lo cierto es que el texto legal no ha dejado buen sabor de boca entre la mayoría de los colectivos relacionados de una u otra manera con el mundo animal.

Tampoco en Ávila. «Ambigua» es el adjetivo que más sale de las bocas de los actores entrevistados por Diario de Ávila para elaborar esta información.Veterinarios, ganaderos, propietarios de mascotas y responsables de protectoras de animales no comulgan en su gran mayoría con la ley, que consideran, por ejemplo, que deja fuera a un número importante de especies; que no defiende el mundo rural o silvestre; que no pone en el lugar que corresponde a los veterinarios; o que resultará complicado poder aplicarse dada su falta de exactitud, por apuntar sólo algunas de las reflexiones que desarrollan a lo largo de estas páginas.

lo que dice la norma. Con la norma ya aprobada en el Congreso, y a la espera de su aplicación, ya se conocen las medidas que propietarios, empresarios, criadores  y hasta profesores deberán llevar a cabo para poder cumplir con la misma. Hablamos aquí sólo de algunas de ellas.

De entrada, y en lo que respecta a las mascotas en general la ley recoge que aquellos que quieran tener una  deberán hacer un «curso de tenencia responsable» gratuito online para «adquirir conocimientos básicos de cara a conocer previamente a la adopción o compra de un animal sus necesidades básicas». Está por determinar, eso sí, si tendrán que hacer este curso sólo los nuevos tenedores o también los que ya tengan animales y si se ofrecerá en versión papel además de digital.

Mucha polémica ha generado la prohibición del sacrificio salvo en casos concretos, si bien se ha aplaude en general el endurecimiento de las penas por maltrato.

En cuanto a los perros, tan presentes a día de hoy en millones de hogares españoles, finalmente se ha eliminado la necesidad de que realizaran un test de sociabilidad, algo que había generado mucho malestar.

En cambio, siguen quedando fuera de la ley los perros de caza, los espectáculos taurinos, los animales utilizados en experimentación científica, las aves de cetrería, los perros pastores y de guarda del ganado y los perros de rescate y de las Fuerzas de Seguridad.

Por otra parte, a partir de ahora, no se podrá «dejar sin supervisión cualquier animal de compañía durante más de tres días consecutivos». En el caso de los perros, este plazo «no podrá ser superior a 24 horas consecutivas». Y también estará prohibido «mantener de forma habitual a perros y gatos en terrazas, balcones, azoteas, trasteros, sótanos, patios y similares o vehículos».

Se les podrá llevar a restaurantes, sí.Pero siempre y cuando lo permita cada local, ya que no estarán obligados por ley. 

En el caso de los transportes públicos, la ley dicta que estos «facilitarán la entrada de animales de compañía que no constituyan un riesgo para las personas, otros animales y las cosas, sin perjuicio de lo dispuesto en la normativa sobre salud pública, en las ordenanzas municipales o normativa específica».

Si hablamos de gatos, la ley obliga a esterilizar a todos antes de los seis meses, salvo los inscritos como reproductores en el Registro de Criadores de Animales de Compañía. 

La ley abunda también en el tratamiento que se debe dar a los animales en espectáculos públicos y rodajes. Así, por ejemplo, se podrán mantener los espectáculos de delfines en los zoológicos siempre que dichos espectáculos se realicen bajo supervisión de sus cuidadores y profesionales relacionados con ellos; en los circos se prohibe el uso de los animales de fauna silvestre, como elefantes, leones o jirafas, pero sí se dejan en los espectáculos los caballos, las aves o los perros; se «prohibe el uso de animales en romerías y eventos feriados cuando se identifique un exceso de temperaturas», y se deben tener garantizados «unos niveles óptimos de bienestar animal» en estas situaciones; «se prohibe el uso de animales en belenes, cabalgatas o procesiones en las que se mantenga al animal de forma incompatible con su bienestar, dadas las características propias de su especie, o inmovilizado durante la duración del evento»; se prohibe también utilizar a los animales «de forma ambulante como reclamo» se prohibe «utilizar animales como reclamo, recompensa, premio, rifa o promoción»; pero se permite el empleo de animales en anuncios y rodajes cinematográficos haciendo  «una declaración responsable ante la autoridad competente».

Por cierto que la norma afecta directamente a los ayuntamientos. A partir de ahora, estos tendrán que habilitar un servicio de urgencia disponible las 24 horas del día para la recogida y atención veterinaria de los animales extraviados y abandonados, así como su alojamiento en un centro de protección animal.

No es el único aspecto que afecta a los animales callejeros, ya que la ley menciona también el control de las colonias felinas, mediante la captura, castración y suelta, algo de lo que en Ávila se encarga en la actualidad la protectora 'Huellas'.

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