Tres años de cárcel por llevar oculta cocaína en el coche

E.Carretero
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En la Audiencia Provincial se juzgó al conductor de un vehículo al que circulando por la AP-6 y en un control de la Guardia Civil, se le aprehendió esta sustancia. El copiloto, al que se le acusaba también de tráfico de drogas, quedó libre

Tres años de cárcel por llevar oculta cocaína en el coche

El 20 de julio de 2019, y durante un control rutinario de la Guardia Civil, un vehículo ocupado por dos varones que circulaba por la AP-6 fue detenido en el kilómetro 100 de esta vía, a la altura del peaje de Sanchidrián, encontrando en su interior, oculta en el piloto trasero izquierdo, una bolsa con 120 gramos de cocaína. El conductor, J. V. L, que entonces reconoció que trasportaba la sustancia a un pueblo de Asturias para dársela a una tercera persona, y su acompañante, J. A. P. C, fueron acusados de un delito contra la salud pública por el que fueron juzgados este miércoles en la Audiencia Provincial. Para ambos el fiscal pedía una pena de cuatro años de prisión y una multa de 14.600 euros, mientras que la defensa, común, argumentaba que sus defendidos no habían participado en estos hechos y que, además, ambos son consumidores de sustancias estupefacientes, encontrándose de hecho bajo los efectos de las mismas el día de los hechos, por lo que sus capacidades volitivas y cognitivas estaban mermadas. 

Sin embargo, finalmente las partes llegaron a una conformidad tras constatarse que el copiloto «no tenía conocimiento de que el conductor estaba transportando esta droga por un encargo, ni tenía ninguna relación con la sustancia aprehendida»,  tal y como explicó el fiscal, Javier Rojo, que por ese motivo retiró la acusación, quedando este varón absuelto de los delitos de los que inicialmente se le acusaban. 

En el caso del conductor, el acuerdo entre Fiscalía y defensa permitió reducir la petición inicial de pena teniendo en cuenta que el acusado tiene «diagnosticado trastorno por consumo de cocaína» por lo que se le aplicó una «atenuante analógica» que permite bajar la pena para ese delito al mínimo que para el mismo establece el Código Penal, que es de tres años de prisión. 

Conformes las partes, el presidente de la Audiencia Provincial, Javier García Encinar, dictó sentencia in voce, absolviendo al copiloto de los hechos de los que se le acusaban y condenando al conductor a tres años de prisión y una multa de 7.300 euros con un mes de responsabilidad civil subsidiaria en caso de impago.