La Junta destina 53 millones a formación para 16.000 alumnos

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Las bases de las subvenciones suprimen criterios de valoración y descartan la acreditación de instalaciones

La Junta destina 53 millones a formación para 16.000 alumnos - Foto: Alberto Rodrigo

La Junta publicó hoy las bases reguladoras de las subvenciones públicas destinadas a la financiación de la oferta formativa dirigida prioritariamente a trabajadores desempleados en Castilla y León, dando acceso a 215 especialidades con certificado de profesionalidad diferentes. Este año, el montante de estas subvenciones alcanza los 53 millones de euros, un 65 por ciento más que la media de los últimos ocho años, lo que supone un incremento de más de 20 millones, con el objetivo de llegar a forma 16.000 alumnos.

Otra de las principales novedades que reflejan las bases reguladoras es la valoración del compromiso por parte de las entidades de formación a insertar laboralmente a los alumnos.

Así, el departamento que dirige Mariano Veganzones ha adaptado las bases a las sentencias judiciales promovidas desde el propio sector para lograr un mercado más competitivo. Todo esto con el objetivo de lograr una mayor ejecución del programa por parte de las academias, que durante los últimos años no ha llegado al 70 por ciento.

Por todo ello, el consejero aseguró que seguirán apostando por "impulsar" la formación de los trabajadores, algo que considera "vital" a la hora de mejorar la empleabilidad y la calidad del trabajo. La Consejería confía en que, a pesar de ser un reto para el sector, se logre el objetivo de formar a 16.000 alumnos.

La convocatoria de esta línea cumple con uno de los compromisos que adquirió la Consejería al inicio de la legislatura respecto a la reducción del gasto político superfluo de cara a su aprovechamiento en políticas de formación eficaces.

Las bases reguladoras de las subvenciones para formación de trabajadores desempleados no obligan a la acreditación de disponer de instalaciones para la impartición de los cursos presenciales o telemáticos para acceder a la condición de beneficiario.

La orden recogida por Ical indica que los planes formativos contenidos en cada solicitud serán valorados conforme a los compromisos de inserción laboral y su contribución a la Integración en el mercado de trabajo de las personas con discapacidad. Asimismo, se valorará el compromiso de mantenimiento de nuevas contrataciones de personas con discapacidad con especiales dificultades de empleabilidad. Se puntuará además la formación dirigida específicamente a planes formativos considerados preferentes en la respectiva convocatoria. 
En caso de empate de entidades en la valoración de sus programas, "tendrán preferencia en su concesión, los solicitantes que acrediten ocupar el mayor porcentaje de trabajadores con discapacidad en relación con sus
respectivas plantilla". 

En cuanto a los beneficiarios, la orden establece que no podrán acceder a estas subvenciones las entidades que estén obligadas a disponer de un plan de igualdad y no lo tengan implementado. Tampoco podrán ser beneficiarias las que no acrediten en la solicitud de subvención la "observancia" o la "exención" de la obligación del cumplimiento de la normativa sobre integración laboral de personas con discapacidad.

Además, en el caso de que los solicitantes sean asociaciones, no podrán obtener la condición de beneficiarios de estas subvenciones, aquellas que no cumplan con el principio de no discriminación por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social, en su proceso de admisión o funcionamiento.