Piden más protección para la familia de Mónica Berlanas

Efe
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El TSJ acogió la vista por el recurso de Fiscalía y defensa por el crimen ocurrido en Arévalo en 2016

Piden más protección para la familia de Mónica Berlanas - Foto: Belén González

El fiscal pidió aumentar la protección para las dos hijas menores, la hermana y los padres Mónica Berlanas, mujer asesinada supuestamente por su marido en Arévalo en 2016, y que la orden de no acudir a la localidad donde viven, que recoge la sentencia, se convierta en prohibición de aproximación.

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha visto este martes el recurso formulado por la Fiscalía y la defensa contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Ávila sobre el caso.

La resolución judicial, emitida tras el veredicto de un jurado popular, condenó al encausado a 26 años por asesinato, agravado por desprecio de género, además de indemnizaciones a los padres, hermana e hijas de la víctima que suman 530.000 euros.

La resolución judicial condenó al asesino confeso de su mujer a 35 años sin acudir a Nava de Arévalo, donde residen los familiares de su mujer y las hijas del matrimonio, o a cualquier otro lugar donde vivan en el futuro. Para el fiscal, la medida es insuficiente, cuando la ley establece que lo que se debe aplicar es una orden de no aproximación a cualquier lugar en el que estén.

«Se podría dar el caso de que pueda aproximarse a cualquiera de estas personas cuando por alguna razón estén fuera de su lugar de residencia habitual y no parece lógico», indicó el fiscal.

La sentencia de la Audiencia Provincial consideró probado que el hombre atacó a su mujer con un cuchillo jamonero de veinticinco centímetros en la vivienda familiar y la asestó varios cortes y puñaladas. Entre las heridas, causó un corte de dieciocho centímetros en el cuello necesariamente mortal, en presencia de una de sus hijas, que entonces tenía 3 años y que requirió tratamiento psiquiátrico.

La defensa del condenado argumentó en su recurso falta de motivación del jurado popular, al considerar que emitió motivaciones demasiado escuetas y basó parte de su veredicto en pruebas y documentos que no se expusieron en la vista oral, sino en las diligencias previas.

En su opinión, el magistrado presidente no debió entregar a los miembros del jurado popular las diligencias completas, ya que en el veredicto y la sentencia solo se pueden tener en cuenta las pruebas practicadas en la vista oral, por lo que ha pedido la nulidad de la sentencia.

El fiscal, sin embargo, ha insistido en que no está acreditado que se utilizaran pruebas no expuestas en la vista oral para dictar el veredicto y ha asegurado que aunque algunas de las motivaciones del veredicto son «muy parcas» se pueden considerar «suficientes».

Un argumento alternativo del letrado defensor, que solo supondría una rebaja de la pena impuesta, consiste en que no se tuviera en cuenta la agravante de género fijada, a lo que el fiscal ha respondido con varios testimonios en los que el condenado había indicado que consideraba a su mujer como «algo de su propiedad».