La condena por la agresión a policías locales baja a 3 años

B.M
-

Tras la apelación a la Audiencia Provincial, la pena se queda en un delito de atentado a los agentes de autoridad en concurso con uno de lesiones, aunque habrá recurso al Supremo

La condena por la agresión a policías locales baja a 3 años - Foto: Diario de Ávila David Castro

La Audiencia Provincial de Ávila resolvió los recursos presentados por la sentencia del Juzgado de lo Penal por la agresión a dos policías locales en 2016, cuyo resultado ha sido que la pena se ha reducido a la mitad. En concreto, en un primer momento la condena fue de seis años de prisión a los cuatro acusados como responsables de dos delitos de atentado a agentes de la autoridad y también por un delito de lesiones.

Sin embargo, la sentencia de la Audiencia Provincial acepta en parte el recurso de apelación dirigido por la defensa e impone una condena a los cuatro acusados como autores responsables de un delito de atentado a agentes de autoridad «en concurso ideal con un delito de lesiones» con la «concurrencia de circunstancia modificativa de la responsabilidad criminal de abuso de superioridad» a la pena de tres años de prisión con la imposición de la accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho al sufragio pasivo.

Por otra parte se les condena como autores responsables de un «delito leve de lesiones», también con abuso de superioridad, a tres meses de multa a razón de una cuota diaria de diez euros.

Esto quiere decir que ahora es un delito de atentado y lesiones en unidad de acción, con esa condena de tres años, y a parte, el leve de lesiones.

Se trata de una sentencia que no es firme y contra la que se puede interponer recurso de casación que tiene que resolver el Tribuna Supremo. En este sentido, ya desde la defensa, el abogado José María Gómez Rodríguez, asegura que se presentará el recurso al Supremo porque consideran un «exceso» esos tres años, no creen que hubiera abuso de superioridad y consideran que se da la circunstancia de dilaciones indebidas en el proceso.

En todo caso, recuerda que los acusados no entrarán por el momento en prisión puesto que la sentencia no es firme e indica que en su día la sentencia le pareció «absolutamente lamentable» y ahora «se da la respuesta de la Audiencia». Habló de un «absoluto despropósito de la sentencia del  juzgado de lo Penal y la absoluta desproporción en cuanto a la condena», insistió. 

En cuanto a los hechos que en su día recogió la sentencia de lo Penal, ocurrieron el 17 de julio de 2016 en torno a las 00,20 horas en los aledaños de la plaza de toros. Fue entonces cuando, según indica la sentencia, los acusados que viajaban en un Audi A6 recibieron el alto de los miembros de la patrulla de la Policía Local cuando intentaron acceder a un lugar por el que estaba restringido el paso. Primero se enfrentaron a los agentes de manera verbal y después salieron del vehículo y acometieron de forma violenta a los agentes, con las consiguientes lesiones, se indicaba en la sentencia.