El juicio al ex alcalde de Hoyocasero visto para sentencia

I.Camarero Jiménez
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Fiscalía y acusación piden 3 años para el ex alcalde de Hoyocasero y uno y medio para su hijo y la demolición de una supuesta vivienda realizada en suelo rústico; mientras, la defensa pide la absolución pues la obra está legalizada como nave ganadera

Visto para sentencia el juicio contra la ordenación territoria

El juicio que sienta en el banquillo de la Audiencia Provincial de Ávila al ex alcalde de Hoyocasero Alejandro Picós y a su hijo Iván Picós por un presunto delito contra la ordenación del territorio quedó este viernes visto para sentencia. Lo hizo en la segunda sesión celebrada al efecto y en la que hubo lugar para la comparecencia de los peritos y para las conclusiones finales.

El objeto del juicio en el fondo no era otro que dilucidar si, en 2018 en una parcela de uso rústico con licencia de obra menor y para rehabilitación y ampliación de una caseta de aperos, se inició una obra con la intención de realizar una vivienda en un suelo en la que ésta no estaría permitido y que en el caso de estarlo precisaría proyecto y licencia de obra mayor. Se intentaría demostrar que todo ello ocurrió con la presunta connivencia de quien era el alcalde de Hoyocasero en el momento de los hechos y a la sazón padre de quien promovió la edificación. Al parecer fue Alejandro Picós quien en nombre de su hijo presentó la solicitud de licencia en el Ayuntamiento y la firmó, además de participar en su aprobación ya que «por despiste» -reconoció el regidor durante el juicio- se olvidó de abstenerse y no fue advertido por la secretaria, además se le acusaba de no haber ordenado las inspecciones oportunas toda vez tuvo conocimiento de los hechos, algo que ocurrió en primera instancia por una denuncia anónima.

Ante esto, sin embargo,  las defensas de los acusados -que son independientes, por un lado la de Iván y por otro la de Alejandro-, solicitaban para ambos una sentencia absolutoria, como lo hicieron al inicio del procedimiento. Es así al entender que no son ciertos los hechos que se les imputa por, en el caso de Iván no haber «ejecutado nunca obras contrarias a la legalidad urbanística vigente, contando con licencia de obra en un primer momento, así como con la posterior licencia y legalización de la obra», con una mínima intervención del 3,3% se encargó de puntualizar su abogado y por "no ser constitutiva de delito" la actuación de Alejandro Picós, aseguró su letrado.

La acusación popular, por su parte, elevaba a definitivas la petición de penas iniciales y éstas pasan por un año y medio de prisión para Iván Picos, 24 meses de multa a razón de 200 euros día  e inhabilitación especial para la profesión u oficio de promotor constructor por un tiempo de cuatro años además y con cargo a este acusado, la demolición de la obra y la reposición a su estado originario de la realidad física de la parcela rústica antes incluso de la concesión de la licencia que le permitía hacer una caseta de aperos. Precisamente en este punto es en el que dejó claro el abogado de la acusación que es de algún modo en el que tiene mayor interés puesto que de un delito contra la ordenación del territorio se refiere y en aras a buscar una sentencia ejemplar para que el paisaje no se vea comprometido. Además pedía el abono de las costas procesales por parte de los dos acusados.

La acusación popular pedía por otra parte y  para el ex alcalde de Hoyocasero tres años de prisión, 18 meses de multa a razón de seis euros al día e inhabilitación especial para empleo  cargo público para el ejercicio de derecho de sufragio pasivo por un tiempo de 12 años.

En un principio el Ministerio Fiscal -que solicita casi similares penas para Iván, con 18 meses de prisión, 18 de multa a 10 euros diarios (aquí mucho menos), inhabilitación para ejercer profesión u oficio relacionado con la promoción y construcción durante 2 años y seis meses- no solicitaba penas para Alejandro Picós pero, finalmente este viernes, se sumó a la petición de la acusación popular al respecto de la pena para el ex alcalde. Fue así al entender que actuó «en connivencia» con su hijo durante el proceso, entre otros asuntos evitando ordenar inspecciones toda vez que llegó una denuncia anónima informando de la presunta comisión de una irregularidad en la parcela de Iván Picós en la que además se solicitaba la paralización de las obras. 

De ello se testificó y mucho en la sesión de este viernes puesto que fue el momento de escuchar a los peritos. Peritos que fueron dos. Por un lado el propio arquitecto municipal de Hoyocasero, Joaquín Antuña, quien aseguró que cuando un anónimo denunció la posible irregularidad de la obra no se le dio orden alguna de inspeccionar. Tan sólo se vio necesario consultar que la obra tenía licencia (de obra menor) y los permisos pertinentes, incluyendo el preceptivo de la Confederación Hidrográfica del Tajo. No fue hasta diciembre de 2018 que no hubo denuncia oficial del Seprona personado en la parcela en la que se acometían los trabajos y en cuyo informe dejaron constatados (en la declaración que llevaron a cabo el miércoles los agentes) los indicios que hacían pensar que aquello no era una caseta de aperos y sí que tenía más aspecto de vivienda (algo para lo que no era la licencia concedida). Fue aquella intervención de los miembros del Instituto Armado lo que sí llevó al arquitecto municipal a visitar unas obras en las que también entendió que «aquello no era una caseta de aperos» e incluso propuso un expediente sancionador aunque le reconoció al abogado defensor de Iván que era una infracción leve que incluso se podía legalizar como posteriormente se hizo sin que el aspecto exterior haya cambiado en exceso. Ahora bien esa legalización se hizo ya no como caseta de aperos sino como una nave vinculada a una explotación agraria (pues excedía, aunque no por mucho, las dimensiones de una caseta de aperos). Una legalización que desde los abogados de la defensa recordaron en reiteradas ocasiones que nadie ha impugnado ni denunciado.

En el mismo sentido sobre la percepción de las obras como que «no era una caseta de aperos» se posicionó el segundo de los peritos que compareció en la Audiencia, técnico del Servicio Territorial de Medio Ambiente, Alfonso Fernández. Precisamente a éste y especialmente la defensa de Iván Picós le recriminó el haber efectuado informe sin visitar la parcela en cuestión. Si bien por el reportaje fotográfico que le fue facilitado entendía que «aquello no era una caseta de aperos», reconoció a las preguntas de la sala.

Tras una amplia sesión, los abogados de la defensa tenían claro que no había delito que juzgar como entendían demostraba el hecho de que las obras habían sido legalizadas sin ningún contratiempo posterior, incidió el letrado de Iván Picós. Para el de Alejandro Picós el delito por el que se le acusaba y en virtud de lo que lo relacionaba por no haber ordenado la inspección en el momento de la primera denuncia defendía que no estaba obligado a ello porque no «había constancia» de la comisión de irregularidad, y, cuando la hubo, con denuncia del Seprona, el alcalde sí ordenó inspección como así indica el informe posterior del arquitecto municipal.

Para la fiscal no había duda de que «bajo el amparo de una licencia para una caseta de aperos Iván hizo y escondió la realización de una vivienda» y que lo que se enjuiciaba, «de lo que se trata, es de preservar la naturaleza del suelo», esto es al ser rústico no cabe el residencial. También para ella la connivencia del entonces alcalde estaría demostrada y de ahí que se uniera a la petición de la acusación popular, tanto porque fue él quien pidió la licencia, aportando presupuesto de su empresa -algo que negó el ex lcalde en su declaracion pues dijo estaba jubilado ya- o dando el visto bueno a la concesión como por la falta de inspección del cumplimiento de la norma. A todo ello se adhirió la acusación popular quien entendía que la legalización posterior es un «paripé para burlar a la justicia y no tener que demoler».