Condenado a cinco años de prisión por abuso sexual a una amiga

M.E
-

En la sentencia la Audiencia Provincial rebaja el delito de agresión sexual a abuso, al considerar que no hubo violencia pero tampoco consentimiento

Piden 12 años de prisión por una supuesta agresión sexual

La Audiencia Provincial de Ávila ha condenado a un joven veinteañero como autor responsable de un delito de abuso sexual a la pena de cinco años y un día de privación de libertad, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, así como a la prohibición de aproximarse a una distancia inferior a 300 metros o comunicarse con la víctima, una joven de su círculo de amigos, durante diez años, así como a una medida de libertad vigilada por tiempo de seis años posterior a la prisión. Asimismo, se le condena como autor responsable de un delito leve de lesiones a una multa de 360 euros, además de a indemnizar a la joven con 10.000 euros y los intereses procesales, así como al pago de todas las costas.

Contra la sentencia cabe interponer recurso de apelación ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León  en el plazo de diez días.

La Audiencia Provincial ha rebajado el delito desde la agresión sexual que pedían la fiscalía y la acusación particular, con penas de 9 y 12 años de prisión, respectivamente, al de abuso sexual, al entender que, si bien no hubo violencia ni intimidación por parte del acusado, tampoco hubo consentimiento del acto sexual por parte de la víctima, con independencia de si hubo penetración o no. Se desestima así las tesis de la defensa, que en el juicio celebrado el 25 de mayo reclamó la absolución tras negar la autoría y la existencia de delito.

Sin embargo, la sala considerada probado que el acusado y ahora condenado, de iniciales D.D.M., abusó de su amiga en la buhardilla de un chalet de Navaluenga a donde el grupo de amigos y conocidos se había trasladado tras una noche de fiesta en la localidad. Los hechos ocurrieron el 11 de agosto de 2019, cuando los dos jóvenes estaban tumbados en la cama besándose «hasta que llegó un momento en que él se levantó de la cama y le dijo 'por el culo'», a lo que aquella contestó literalmente que 'por el culo no'». Sin embargo, y siempre según la sentencia, «la volteó, aunque no de forma brusca, para aprovechar y extraer el miembro viril, subirle la falda y bajarle las bragas y proceder a penetrarla una sola vez por vía anal, sin eyaculación». Fue entonces cuando ella «gritó y consiguió darse la vuelta, quitándose de encima» al joven, al que «le lanzó una patada». Ya con los dos de pie, se asume el testimonio de la víctima de que le abofeteó, «respondiendo éste golpeándola en reiteradas ocasiones hasta que la agarró por el cuello y la arrojó contra una de las camas», para después bajar las escaleras diciendo que «le huele el culo a mierda», entre otras expresiones.

 

Lea la noticia completa en la edición impresa