Condenada la Junta por una retirada de tutela "injustificada"

Ical
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La Administración, que tendrá que pagar 150.000 euros, intervino tras relatar una menor un forcejeo con su progenitora por un móvil. Los hechos ocurrieron hace 6 años, aunque un juzgado de Ávila devolvió la tutela un año después

Condenada la Junta por una retirada de tutela "injustificada"

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) ha condenado a la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades a indemnizar con 150.000 euros a una madre y sus dos hijas mellizas por el daño causado tras haber sido separadas por una retirada de tutela «injustificada». «Se aprecia una actuación precipitada y desproporcionada de la Administración», según recoge la sentencia facilitada por la Fundación Raíces a la agencia Ical. A.P, de origen búlgaro y madre soltera de dos niñas mellizas nacidas en Madrid en el año 2003, solicitó en septiembre de 2015 la ayuda de los servicios sociales de Ávila, donde trabajaba y vivía con sus hijas, con el fin de participar en un programa de intervención familiar que la ayudara a establecer con sus hijas -entonces, de 12 años- una relación de parentalidad positiva.

Durante meses el programa, consistente en recibir apoyo de una orientadora familiar que visitaba a la familia en su domicilio, se desarrolló con normalidad, hasta que, una noche a finales de enero de 2016, se produjo una discusión entre la madre y una de las preadolescentes por el uso del teléfono móvil, que terminó en un forcejeo por el dispositivo. Las dos hermanas, por indicación de su madre, relataron este incidente en una de las sesiones que las niñas mantenían a solas con la persona de servicios sociales que intervenía semanalmente con la familia. Tras esta narración, sin ninguna intervención más, el programa de intervención familiar quedó interrumpido, hasta que tres meses después, el 12 de abril de 2016, sin previa notificación ni información al respecto, trabajadores sociales de la Consejería, auxiliados por agentes de la Guardia Civil, se personaron en el domicilio familiar y en el mismo acto notificaron la resolución administrativa de la declaración de desamparo de las niñas y se las llevaron, en contra de su voluntad, a un centro residencial de menores a 80 kilómetros del domicilio.

Según la Sentencia del TSJ, esta decisión de la Consejería se tomó sin que conste «ninguna audiencia con la madre, ni se la pidió aclaración o explicación, ni tan siquiera se explicó nada a las menores». Añade que «lo oportuno hubiera sido volver a reunirse con la madre, valorar tras su explicación lo que había pasado y tomar las decisiones oportunas con un mayor refuerzo de la intervención familiar o valorar el interés prioritario de las menores, no obstante esta audiencia no tuvo lugar en ningún momento, ni una explicación a las menores de lo que podía ocurrir».

El Tribunal concluye que «se aprecia una actuación precipitada y desproporcionada de la Administración» y recuerda que los «Programas de Intervención Familiar son específicos de apoyo a familias cuyo objetivo es preservar la integridad de la familia evitando una separación de ella de los niños» y que conforme a la ley «las niñas de 12 años, tendrían que haber sido escuchadas previa explicación de lo que podría ocurrir, teniendo en cuenta que es muy traumático separar a dos niñas de su madre». Desde el primer día la madre y las niñas, según la Fundación Raíces, «lucharon contra esta decisión», a través de un conocido encontraron a esta entidad que asumió la defensa letrada del caso poniendo a disposición de la madre a uno de sus abogados y reclamando el derecho de las niñas a ser oídas y a que, mediante el nombramiento de un defensor judicial, que recayó en otra abogada de la organización, las hermanas pudiesen defender sus intereses.

En el seno del proceso civil de oposición a la retirada de la tutela, interpuesto por Fundación Raíces, el Ministerio Fiscal, tras escuchar a las partes, se opuso a la decisión de la Administración, llegando a afirmar que «no existía ni un solo dato de desprotección, que la Administración había actuado con una desproporción abismal, que el acogimiento residencial es el peor de los recursos de protección y que las menores están con su madre bastante mejor que con la Administración».

Un año después de ser separadas, el Juzgado de Primera Instancia de Ávila, acordó mediante sentencia estimatoria que las niñas retornaran con su madre al hogar familiar de donde habían sido sustraídas sin explicación ni justificación alguna. El retorno se produjo el 6 de abril de 2017. 

Durante el año en que las niñas estuvieron tuteladas por la Administración, el TSJ ha considerado acreditado «que las visitas fijadas a la madre fueron extremadamente limitadas» y que «tampoco consta que se revisara el plan del caso dando a la madre más posibilidades de visita, o mayores contactos familiares o al menos que se tuviera más en cuenta el deseo de las niñas de retornar a su hogar, y no mantenerse en el centro cuya estancia provocó en ellas perjuicios y daños morales acreditados». El Tribunal ha tenido muy en cuenta la declaración judicial de las propias menores afectadas, destacando que ellas afirmaron el «trauma»que les supuso la actuación administrativa, que vivieron como «un secuestro» y con ello, concluye el TSJ que «en cuanto a los daños morales, constan acreditados» (inadaptación de las niñas, aislamiento, comportamientos de rabia e ira o dolores de cabeza, de espalda por los  que tuvieron que ser atendidas).

Desde la familia aseguran que «Este tiempo ha sido el más doloroso de nuestra existencia,... La impotencia y verte arrollado por un sistema poderoso que funciona contra ti que no eres nadie, ha sido como David contra Goliat, darte cuenta de que por mucho que luches estás perdido.Todos me avisaron de que de ahí no salía nadie, porque es la Administración Pública, yo pensaba que estaban ahí para ayudar a las personas vulnerables, ¿es su función no?, pues no fue así. Sin Fundación Raíces no seriamos una familia ahora, las niñas allí nunca hubieran llegado a sus sueños y yo lo mismo ya no seguiría aquí», afirmó la madre.

Por su parte  una de las niñas asegura «que la gente no es consciente del impacto que supone separar e internar a un menor en un centro, en primer lugar porque es un secuestro, no creo que haya otro término para lo que hacen, te arrancan de un ambiente conocido y seguro, como es la familia y la escuela y te llevan a un ambiente hostil y desconocido, haciéndote sentir inseguro y vulnerable y todo esto lo que genera es un estrés inmenso, miedo y un enorme desconcierto, pues en ningún momento nos explicaron qué es lo que estaba ocurriendo», añadió una de las hijas.

Respuesta de la consejera. La consejera de Familia e Igualdad de Oportunidades de la Junta de Castilla y León, Isabel Blanco defendió,,tras ser preguntada por los medios de comunicación sobre la sentencia, la labor que realizan los técnicos de Infancia que: «Son ellos los que se enfrentan cada día a estas situaciones y siempre, que no les quepa la menor duda, velan por el interés del menor». 

Blanco mostró su respeto por el fallo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en el que se condena a su departamento a pagar una indemnización de 150.000 euros a una madre y sus hijas mellizas (a razón de 50.000 euros a cada una) por lo que considera retirada de la tutela de manera «injustificada».

Blanco recordó que la sentencia hace alusión a una separación que tuvo lugar en el año 2016, por parte de la Gerencia de Servicios Sociales de Ávila, que «retira la tutela de dos menores a su madre». 

La consejera insistió, en respuesta a las preguntas de los periodistas, «no les quede ninguna duda que en las gerencias de Servicios Sociales velamos siempre por el interés de los menores».

prevalece el interés del menor. Isabel Blanco argumentó que «siempre ante situaciones o posibles situaciones de riesgo o de desamparo siempre prevalece el interés de los menores», para añadir que el trabajo de los técnicos de Infancia, los encargados de realizar los informes, las visitas y que en ocasiones tienen que quitar la tutela a los padres «no es nada sencillo ni nada fáciles» y así lo recoge una información difundida por la agencia Ical.

En este caso, dijo la consejera de Familia, la madre recurrió la decisión a la Justicia y el TSJCyL le ha dado la razón en la petición de una indemnización. 

Blanco insistió en cualquier caso al respeto a las decisiones judiciales, así como en la máxima que mueve a los técnicos de Infancia que siempre «velan por el interés del menor» en sus actuaciones.