El Ayuntamiento crea una oficina virtual tributaria

Redacción
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El objetivo es el de poder agilizar trámites fiscales a la ciudadanía, según asegura la teniente de alcalde de Hacienda

El Ayuntamiento crea una oficina virtual tributaria

El Ayuntamiento de Ávila ha puesto en marcha una oficina virtual tributaria con el objetivo de agilizar a la ciudadanía los trámites fiscales que debe realizar con la administración local, según ha informado la teniente de alcalde de Hacienda, Ángela García. Esta oficina virtual tributaria, a la que puede accederse de forma directa desde la portada de la web municipal, www.avila.es, permite obtener información sobre el nuevo calendario fiscal, una vez aprobado el aplazamiento del cobro de impuestos y tasas.

De la misma forma, tal y como se explica desde el Ayuntamiento de Ávila, a través de la oficina, se pueden recibir notificaciones personales y tramitar solicitudes y expedientes, además de obtener documentos de pago, realizar el pago de tributos con tarjeta de crédito, consultar detalles de los recibos emanados por la administración local o gestionar el fraccionamiento de pagos.

La oficina virtual tributaria incluye una breve explicación de los pasos que debe seguir el contribuyente a la hora de pagos tributarios, como es la identificación con DNI, NIE o CIF, a la vez que permite consultar y modificar domiciliaciones y datos de contacto, consultar bienes y tasas e, incluso, consultar expedientes y validar documentos con Código Seguro de Verificación (CSV).

Mediante la puesta en marcha de esta oficina virtual tributaria, se agiliza la relación con los ciudadanos y se promueve la eficiencia y la eficacia en la gestión de los recursos públicos, tal como ha señalado la teniente de alcalde de Hacienda y Servicios Sociales del Ayuntamiento de Ávila, Ángela García.

Desde el Consistorio abulense se recuerda, en este sentido, que, peor segundo año consecutivo, el Ayuntamiento de Ávila ha modificado el calendario fiscal, que queda como sigue:

• Del 1 de junio al 2 de agosto: Tasa por entrada de vehículos a través de aceras; Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (los recibos domiciliados se pasará al cobro el 50 % del importe el 1 de julio y el 50 % restante el 1 de septiembre, salvo que exista orden de pagarlo en un único plazo, que se cargará el 1 de julio); y canon de sepulturas.

• Del 6 de julio al 6 de septiembre: Impuesto sobre Bienes Inmuebles (Urbana y Rústica). Para los recibos domiciliados se pasarán al cobro en el siguiente calendarios: un plazo, 6 de agosto; dos plazos, 50 % del importe el 6 de agosto y 50 % restante, el 6 de octubre; tres plazos, el 33 % del importe, el 6 de agosto, el 33 % el 6 de octubre y el 33 % el 7 de diciembre.

• Del 5 de agosto al 5 de octubre: Tasa por Recogida de Basura, primer semestre (para recibos domiciliados, se pasarán al cobro los del primer semestre el 6 de septiembre y del segundo, el 8 de noviembre).

• Del 5 de octubre al 7 de diciembre: Tasa por Recogida de Basuras (segundo semestre, en los mismos términos que el primer semestre) e Impuesto sobre Actividades Económicas (recibos domiciliados se pasarán al cobro el 8 de noviembre).

El Ayuntamiento de Ávila recuerda, en este sentido, la posibilidad de acudir a un plan personalizado de pago de tributos, de modo que el contribuyente puede solicitar la revisión de su situación particular cuando el importe de la deuda tributaria sea superior a 150 euros.

En este caso, el interesado podrá seleccionar el pago mensual, bimestral, trimestral, anual o en nueve cuotas.