Condenado a 7 años de cárcel por acuchillar a un guardia

J.C. Huerta
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La Audiencia Provincial dicta sentencia contra el autor de la agresión en El Tiemblo en octubre de 2019

Entrega de la distinción regional de la Gala Meninas al agente que resultó herido.

Siete años y seis meses de cárcel es la pena que tendrá que cumplir el ciudadano marroquí  S.A. residente en El Tiemblo y condenado este viernes por la Audiencia Provincial de Ávila por la agresión con un cuchillo a un guardia civil del Seprona de Cebreros que acudió a la llamada de unos hechos relacionados, al parecer, con violencia de género, por los que se intruyen actualmente diligencias penales en el juzgado de Instrucción número 4, especializado en este tipo de litigios.

Al acusado, que podrá recurrir en apelación ante el TSJ de Castilla y León la resolución del juicio sumario ordinario dictado por la sección mixta de la Audiencia Provincial, también se le condena a indemnizar a S. A. con la cantidad de 9.075 euros y los intereses procesales, así como al pago de las costas procesales, incluidas las de la acusación particular.

El delito atribuido al agresor en la sentencia del tribunal penal abulense es el de homicidio en grado de tentativa, en concurso con un delito de atentado, previsto y penado en el Art. 138.2.b) del Código Penal, así como a la de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, siéndole de abono el que permanezca en situación de prisión provisional por esta causa, que en su caso es desde el 16 de octubre de 2019; dos días después de aquel suceso que alteró la sobremesa de un lunes de otoño en El Tiemblo.

Pasadas las cinco y media de la tarde, dos agentes de la Guardia Civil, en vehículo oficial, acudieron al Paseo del Tiemblo alertados por un supuesto episodio de violencia de género. Cuando consiguieron localizar el domicilio que era el foco del aviso, entablaron contacto con S.A., que estaba acompañado por una mujer, a quien se atribuye escaso protagonismo en esta primera parte del interrogatorio. Las primeras pesquisas de los agentes dieron como resultado la comprobación de ilegalidades en la documentación del ciudasano marroquí, lo que dio lugar a que desde allí mismo se requiriesen comprobaciones de la red informativa del instituto armado. En ese momento, se acercó al lugar el hermano de S.A. y otros familiares. Según consta en los hechos probados de la sentencia, mientras uno de los agentes, los familiares y el propio S.A. conversaban, el otro guardia –el que a la postre sería víctima de la agresión–, percibió un gesto furtivo de la pareja de S.A. indicándole en silencio, y con la mímica de las dos manos en el cuello, que habría sido víctima de una agresión. El agente solicitó a su compañero refuerzos. Entonces, S.A., entró en el domicilio y posteriormente, con un cuchillo de 20 centímetros, hirió en el cuello y en el hombro al guardia. Entre el hermano y el compañero uniformado consiguieron arrebatar el arma blanca y reducir a S.A., quien profirió expresiones en castellano tales como «Yihad, le tenía que haber matado», mientras se dirigía en su idioma a su hermano. El guardia fue ingresado en estado grave en el Hospital de Ávila y recibió atención sanitaria durante casi dos meses.

En el momento de la agresión, el acusado sufría desde 2009 «un trastorno psicótico sin especificar, así como  trastorno de la afectividad por trastorno distímico de etiología psicógena que, sin embargo, no afecta a su capacidad volitiva e intelectiva», según relata la sentencia.  Y si bien es cierto que ello no ha afectado a su imputabilidad, sí que el tribunal ha considerado que dicha alteración psicológica potenció un estado de ánimo tendente a la conducta homicida.

El fiscal pidió en sus conclusiones provisionales 11 años de prisión y la acusación particular, 14. La defensa, por su parte, se abonó al argumento de que el acusado no era autor de infracción penal alguna. En las pretensiones finales, sin embargo, coincidieron las partes y la Fiscalía en apreciar los siete años y seis meses como la condena pertinente de esta primera instancia judicial.

En la argumentación jurídica destacan dos hechos: por un lado, la determinación del testimonio único (en este caso el del agente) como válido medio probatorio, aunque sea el de la víctima, pero reforzado por la concurrencia de factores valorativos como la verosimilud, la coherencia del testimonio, la ausencia de resentimiento o de la persistencia de incriminación, y la propia naturaleza de la realidad objetiva de la agresión; por otro, destaca también la interpretación del tribunal sobre la figura de la tentativa de homicidio y sus grados, integrándose los hechos probados de este caso en una ‘franja próxima’ a la consumación del homicidio.

 

La víctima recibió un reconocimiento regional

El guardia civil herido en El Tiemblo,  Manuel Casado Bermejo, recibió el 25 de noviembre de 2019 de manos de la entonces delegada del Gobierno en Castilla y León, la abulense Mercedes Martín, una de las dos menciones especiales a título individual de los premios  regionales Meninas. A través de esta iniciativa se reconoce la labor de quienes, desde su empeño individual, institucional o asociativo, acreditan y refuerzan la convicción de que la eliminación de la violencia de género «es tarea y compromiso de la sociedad en su conjunto y de cada persona en particular», como apuntó Mercedes Martín durante la presentación de la gala.