La promoción de la Básica del 2023 se mantiene para septiembre

D.A.
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El Supremo anulaba la convocatoria porque incumplía una orden emitida por el propio Tribunal. La Dirección General de la Policía trató de subsanar este «error» con una nueva resolución publicada el 30 de noviembre en el BOE, que corregía "el error"

Maletas de los alumnos de la última promoción de la Básica - Foto: Isabel García

La suspensión cautelar del Supremo de la convocatoria de ingreso a la Policía Nacional del año 2023 por seguir manteniendo en el cuadro médico de las exclusiones el llevar lentes intraoculares no va a afectar a la incorporación de la nueva promoción a la Escuela Nacional de Policía, que se mantendrá para el mes de septiembre del año 2023, indicaron a este periódico fuentes del centro de formación. Las mismas fuentes reconocieron que, aunque haya que realizar una nueva convocatoria, la incorporación de los alumnos se seguirá manteniendo para ese mes. No obstante, reconocieron que si que se podrían producir retrasos en la realización de las pruebas si se tiene que realizar una nueva convocatoria, pero  insistieron que la incorporación de los nuevos alumnos se mantendrá según los planes previstos.

Ayer el propio Tribunal Supremo dio a conocer que la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo había declarado nula la resolución de la Dirección General de la Policía, de 15 de noviembre de 2022, por la que se convocaba oposición libre para cubrir plazas de alumnos de la Escuela Nacional de Policía al incumplir la medida cautelar que estableció el propio Tribunal Supremo en septiembre de 2021, cuando suspendió la exclusión relativa a llevar cuerpos intraoculares o lentes fáquicas. 

La Sala consideraba que la omisión en la convocatoria de la indicación de que dichas exclusiones están suspendidas cautelarmente y que, en consecuencia, no pueden ser legítimamente aplicadas «conduce a que la resolución de convocatoria de la oposición incluya requisitos que no pueden, en este momento, ser exigidos; y en todo caso, provoca confusión y manifiesta falta de transparencia sobre las condiciones que deben reunir quienes aspiren a participar en dicha oposición». 

La decisión de la Sala responde a un escrito presentado por algunos aspirantes que recurrieron el Real Decreto 326/2021 por el que se aprobó el cuadro médico de exclusiones para el ingreso en la Policía Nacional. En el marco de ese recurso es en el que la Sala acordó la suspensión cautelar de las exclusiones citadas. La resolución de ese recurso está pendiente. 

En su auto, el tribunal rechazaba la alegación del Abogado del Estado que había presentado un escrito en el que decía que la Dirección General de la Policía había decidido subsanar la resolución impugnada y publicarla en el Boletín Oficial del Estado. El tribunal contesta que esa justificación «no resulta convincente, puesto que no especifica en qué consiste exactamente la rectificación que dice haber adoptado la Dirección General de la Policía, ni cuáles serían sus efectos».

La Dirección General de la Policía había tratado de subsanar  esta situación con una nueva resolución de 25 de noviembre de 2022, que aparece publicada en el BOE el 30 de noviembre en la que se reconoce  que «se ha incurrido en un error consistente en la omisión involuntaria al no hacer constar en la base 6.1.3.a) ('Reconocimiento médico'), la referencia al auto de 28 de septiembre de 2021, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, que declara suspender cautelarmente los puntos 2 ('Cuerpos extraños intraoculares') y 10 ('No se admitirán lentes fáquicas') del Apartado I ('Aparato de la visión') del anexo del Real Decreto 326/2021» Y menciona que trataban con esta nueva resolución de la Dirección General de la Policía subsanar esos «errores».