Los diputados expulsados del PSOE pasarán a ser no adscritos

L.C.S
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A falta de que el Pleno del día 11 ratifique el contenido de la resolución, el grupo socialista estará formado solo por 2 diputados y María de los Ángeles García será su portavoz

Los diputados expulsados del PSOE pasarán a ser no adscritos - Foto: David González

El informe del secretario general de la Diputación Provincial de Ávila, Virgilio Maraña, sobre la situación del grupo provincial del PSOE tras la expulsión de cinco diputados del partido y la apertura de expediente a otro, considera que los expulsados deben pasar a tener la consideración de diputados no adscritos, y determina que el grupo provincial socialista puede estar formado solo por dos diputados, con María de los Ángeles García como portavoz del mismo. De esta manera, el informe atiende a la petición presentada por el PSOE y rechaza las razones esgrimidas por Pedro José Muñoz para que fueran los expulsados los que siguieran perteneciendo al grupo socialista en la Diputación. El Pleno extraordinario en la Diputación del próximo lunes tendrá ahora que ratificar o no el contenido de esta resolución de la Secretaría.

En el informe, de 16 folios, se analizan los diferentes escritos presentados por las partes afectadas y se exponen una serie de argumentos jurídicos que, a juicio del secretario, permiten concluir que es la petición presentada por María de los Ángeles García Salcedo y José Raúl Martín Blanco, los dos miembros del grupo provincial del PSOE fieles a la Ejecutiva Provincial, la que tiene razón de ser. En ese escrito se pedía que los diputados expulsados, Pedro José Muñoz, Leticia Sánchez, Roberto Aparicio, Visitación Pérez y Silvia Llamas pasen a ser considerados como no adscritos; que a José Martín se le expulsara del grupo provincial del PSOE y también pasara a ser diputado no adscrito; y que García Salcedo y Martín Blanco fueran reconocidos como integrantes del grupo político del PSOE en la Diputación, atribuyendo la portavocía del grupo a la primera. A su vez, Pedro José Muñoz, presentó otro escrito incorporado a este informe en el que hacía constar la decisión del grupo provincial del PSOE de expulsar a García Salcedo y Martín Blanco.

Sobre esta última situación, el informe apunta que «por mera referencia al orden cronológico con el que se desarrollaron los acontecimientos, resulta previa la expulsión del partido político del PSOE de los diputados y diputadas que posteriormente decidieron la expulsión del grupo político de los dos miembros que permanecieron en la disciplina del partido; pudiendo establecerse la lógica conclusión de que cuando adoptaron esta decisión ya no estaban legitimados para ello, al haber quedado privados de la condición de miembros del grupo por efecto de la expulsión del partido».

También se analizan las dos reglamentaciones con posible afectación sobre esta situación, la autonómica y la estatal, aportando la reflexión de que «no puede concluirse que la expulsión decidida por los miembros del grupo político pueda hacerse en contradicción con los pronunciamientos oficiales del partido o formación política bajo cuyas siglas concurrió en candidatura a las elecciones» para asegurar que «los grupos políticos municipales o provinciales se corresponda con la pertenencia a la formación política que presentó la candidatura de los miembros electos integrados en aquellos». 

Además, presenta varios ejemplos de jurisprudencia que «avalan» la expulsión del grupo que se recoge en el documento firmado por García Salcedo y Martín Blanco.

Con estos fundamentos, además de otros que aparecen en el informe, la primera conclusión a la que llega es que «la comunicación oficial por medio del documento presentado por García Salcedo y Martín Blanco resulta inequívoca en  sus efectos y pronunciamientos» e «implica el reconocimiento, ex lege (según la ley), de los miembros del grupo expulsados del partido socialista como diputados y diputadas no adscritos» y «por extensión se ha de tener por producido el reconocimiento como diputado no adscrito del diputado José Martín».

La segunda conclusión que se apunta es que aunque el grupo del PSOE quedaría con un número de miembros (2) inferior al mínimo que exige el reglamento (3) para constituirse como grupo, el hecho de que «la extinción sobrevenida del grupo constituido de pleno derecho al inicio del mandato por abandono/expulsión de sus miembros que reduzca su número por debajo del mínimo señalado, no se halla prevista expresamente en la legislación, ni tampoco regulada en el reglamento orgánico; este último no establece la condición del mantenimiento en el grupo, durante el mandato corporativo, del número mínimo de diputados» y atendiendo a perspectivas «doctrinales y jurisprudenciales» se concluye que «es aceptable que el grupo provincial del PSOE quede conformado con sus dos únicos integrantes».

La tercera conclusión es que la decisión de expulsar del grupo del PSOE a María de los Ángeles García y José Raúl Martín es «ineficaz» por «absoluta falta de legitimidad de los promotores del acto» quienes habían sido expulsados del partido con anterioridad.

Por último, el informe apunta que «la consecuencia de la expulsión que deberá ser comunicada al Pleno para su toma de razón en la primera sesión que se celebre, conlleva la declaración ex lege de la condición de miembro no adscrito de todos los diputados expulsados del grupo político PSOE y obligará a adoptar los acuerdos oportunos que garanticen el principio de proporcionalidad representativa». 

Este pase a los diputados no adscritos implica la pérdida de condición de diputado con dedicación exclusiva de Pedro Muñoz.