400.000 euros de pérdidas por créditos incobrables

L.C.S
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El Ayuntamiento pierde más de 400.000 euros por deudas que no ha podido cobrar. El núcleo de esa cantidad está referenciada a las multas de tráfico, incluyendo las derivadas de la ORA, que han llegado al final del procedimiento sin poder ejecutarse

400.000 euros de pérdidas por créditos incobrables - Foto: David Castro

El Ayuntamiento de Ávila perderá  442.810,95 euros debido a la imposibilidad de cobrar deudas, principalmente derivadas de las multas de tráfico, incluyendo las de la ORA. Así consta en un informe presentado por el tesorero municipal ante la Comisión de Hacienda, que también se presentó ante la Junta de Gobierno Local.

En dicho expediente se hace constar que «vistas las actuaciones practicadas y considerando que han sido agotados todos los trámites de procedimiento y demostrado en debida forma, se da por ultimado este procedimiento respecto de la deuda no solventada» así como «lo dispuesto en la Ordenanza General de Gestión Inspección y Recaudación de Tributos y Otros ingresos públicos del Ayuntamiento de Ávila», fijando «la baja de valores por importe de 442.810,95 euros», y aclarando que «el núcleo de la deuda está referenciada a las multas de tráfico, incluyendo las derivadas de la ORA».

El informe recoge, en relación con las sanciones de tráfico, que «se estima que la recaudación en periodo de pago voluntario» de las mismas «en los últimos años ha ascendido a 350.000 euros, con una recaudación media de pago, por sanción en torno a 42 euros y un número de sanciones aproximadamente de 8.000 cada año».

«En periodo ejecutivo» continúa el informe, «la recaudación de los últimos años es aproximadamente de 170.000 euros al año, con una recaudación media de pago de 50 euros por multa y 4.000 sanciones cobradas».

También se informa que «las sanciones impuestas en promedio anual durante los últimos diez años, han ascendido a 15.000, con una pequeña tendencia a la baja». Así pues, «se han cobrado 8.000 sanciones anuales en periodo voluntario, 4.000 en periodo ejecutivo y 3.000 aproximadamente reúnen la condición de incobrables».

intento de cobro. A la horade intentar ejecutar las deudas, desde el Ayuntamiento se explica que «frente a todos los infractores se ha seguido el procedimiento ejecutivo y para ello se les ha notificado la providencia de apremio» y «para los infractores que no han pagado una vez notificada la providencia de apremio, se ha seguido con el embargo sobre el patrimonio, y se han hecho actuaciones sistemáticas de embargo de cuentas bancarias aproximadamente 4 veces al año». Del mismo modo «se han hecho actuaciones sistemáticas de embargo de devoluciones tributarias de la Agencia Estatal de administración tributaria» con «12 intentos al año».

Además, «se han embargado vehículos, sin anotación del embargo en registro público debido a la gran carga de trabajo que supondría, tanto la anotación como el seguimiento de la posible enajenación de los vehículos. Además se producen serias limitaciones a lograr la efectividad con esta medida, por cuanto el embargo supondría posteriormente, la captura del vehículo, de ejecución imposible para los infractores no residentes en la ciudad de Ávila, ámbito de la jurisdicción municipal, y para quienes sí residen de poco sirve la captura de vehículos sin suficiente valoración económica debido a la antigüedad del vehículo, lo que impide la enajenación».

El ámbito de actuación de la jurisdicción permite «mayores actuaciones frente al patrimonio de los infractores residentes en Ávila, y se produce una mayor efectividad» con respecto a «los no residentes, donde la posibilidad de embargo de cuentas sufren una limitación absoluta, si no disponen de cuentas bancarias abiertas en las oficinas bancarias abiertas en esta ciudad. Cuentan con la ventaja de que sus vehículos aunque se embargaran no podrían capturarse si no es por la Policía Local de Ávila».

Así, los no residentes abonan en periodo voluntario, «muchos infractores», mientras que «en periodo ejecutivo hay bastantes infractores que al notificar la providencia de apremio, pagan antes de amenazar con el embargo del patrimonio». Se destaca también, por último, que «en periodo ejecutivo con el embargo de devoluciones tributarias ante la Agencia Estatal de Administración Tributaria, que tiene ámbito de jurisdicción en todo el territorio nacional, se obtienen interesantes resultados recaudatorios».

Este tipo de deudas, según se hace constar en el informe presentado tanto en la Comisión de Hacienda como en la Junta de Gobierno Local, «se someten a examen y fiscalización de la Intervención Municipal, y si se considera que no existen reparos a su tramitación, se procederá a la declaración de créditos incobrables, dando de baja en cuentas los créditos perseguidos, sin perjuicio de su posible rehabilitación». El órgano encargado de su aprobación será la Junta de Gobierno Local, previo dictamen de la Comisión Informativa de Hacienda y fiscalización del Interventor, y en la votación de este expediente, el resultado fue el de aprobarse por unanimidad en la Junta de Gobierno.