Declaran nula la compra de acciones de Bankia porque se aportó información irreal

diariodeavila.es
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El juzgado de Primera Instancia número 2 de Ávila condena a la entidad a devolver a una mujer los 5.000 euros invertidos en 2011

El juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Ávila ha declarado la nulidad de un contrato de compra de acciones de Bankia de julio de 2011, cuando salió a bolsa, y ha condenado a la entidad a restituir a la demandante los 5.000 euros invertidos más las comisiones cobradas y los intereses legales desde la fecha de suscripción. Contra esta resolución, que incluye también la devolución por parte de la mujer de las 13 acciones que poseía, cabe recurso de apelación.

La nulidad se fundamenta en la existencia de vicio en el consentimiento prestado para el otorgamiento del contrato «por error» sufrido por la demandante. El juez considera acreditado que la información contenida en el documento principal dirigido al posible adquiriente de acciones de Bankia contenía unos datos acerca del emisor de las acciones que «no se ajustaban a la verdadera situación de la entidad en aquel tiempo, y que de haber conocido ésta, (...), dada la difícil situación económica real en que se encontraba incursa la entidad emisora de las acciones, es evidente que nadie en su sano juicio habría adquirido tales acciones, estimándose por tanto concurrente un error vicio sufrido por la demandante a la hora de llevar a cabo la contratación».

 

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