La Audiencia Provincial condena a Bankia a devolver el dinero de unas acciones

Ana Agustín
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Se confirma así la sentencia dictada por el juzgado de Primera Instancia número 2 de Ávila dictada en noviembre de 2014

Se trata de la ratificación por parte de la Audiencia Provincial de Ávila de una sentencia ya dictada en su día por el juzgado de Primera Instancia número 2, que en noviembre de 2014 declaró la nulidad de un contrato de compra de acciones de Bankia realizada en julio de 2011 por parte de una cliente, cuando salió a bolsa.

Así, se confirma, por primera vez en Castilla y León, una sentencia contra la entidad financiera, conseguida por la Asociación de Perjudicados de Entidades Financieras (Apdef). La sentencia de la Audiencia Provincial vienen a dar la razón a la accionista que interpuso la demanda por lo que se obliga a Bankia a devolverle toda la inversión que había realizado (5.000 euros) más los intereses y costas judiciales, justificando la condena en que la compra era nula y que «nadie habría adquirido las acciones de haber conocido el estado real de la entidad».

De tal manera, tras la sentencia pronunciada por el juzgado  de Primera Instancia número 2 de Ávila, favorable a la accionista, Bankia interpuso un recurso de apelación que ahora ha sido desestimado por la Audiencia Provincial y que sienta precendente en Castilla y León al ser la primera sentencia que este tribunal de ámbito provincial dicta   en favor de un accionista y contra la entidad financiera Bankia. Con esta sentencia que desestima el recurso de apelación, la Audiencia Provincial rechaza, por lo tanto, todos los argumentos del banco, que esgrimía, en primer lugar, que la reclamación de esta cantidad debía paralizarse hasta que se aclarase la responsabilidad penal de sus directivos, que va a ser enjuiciada en Madrid.

 Sin embargo, para el tribunal que ahora ha dictado sentencia «en nada tiene que ver el procedimiento penal que enjuicia a los directivos de Bankia» con el hecho que se juzga en Ávila. Bankia alegaba también que no había existido nulidad en las contrataciones, aunque la Audiencia no ha considerado lo mismo y ha indicado que los accionistas consentían en las contrataciones porque se les informaba con «datos que no se ajustaban a la verdadera situación económica de Bankia por lo que, de haberlo sabido, nadie hubiera comprado las acciones».

Se añade en la sentencia que en esa fecha la deuda de Bankia «superaba con mucho los 13.000 millones de euros, razón por la que se instó la correspondiente querella contra los directivos» y de la que, sin embargo, no se informó a la accionista puesto que «manifestó tener unos beneficios de 309 millones de euros».

Según ha informado a esta redacción la Asociación de Perjudicados de Entidades Financieras, a través del equipo de letrados que la representa, «esta sentencia  es un gran paso para que más de 300.000 accionistas que invirtieron más de 3.000 millones de euros en acciones de Bankia puedan recuperar su dinero».

Este periódico ha querido conocer la valoración que la entidad financiera condenada hace de la sentencia de la Audiencia Provincial, dictada el pasado día 9 de febrero de 2015 y si, como le permite la Ley, interpondrá algún tipo de recurso en instancias superiores; sin embargo, Bankia no ha querido pronunciarse al respecto.

Por otro lado, y a la vista de que la sentencia de Ávila es la primera de Castilla y León ratificada por una audiencia provincial contra Bankia, la Asociación de Perjudicados de Entidades Finacieras celebrará una reunión informativa en Ávila (salón de actos de la Cámara de Comercio) el próximo jueves a las 19 horas para informar a los perjudicados por otros productos financieros.