La PAH pide al Consistorio que devuelva la Plusvalía en las daciones en pago

Estela Carretero
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La Plataforma también ha explicado que los afectados por ejecuciones hipotecarias con fallos contrarios pueden recurrir hasta el 8 de octubre

La PAH pide al Consistorio que devuelva la Plusvalía en las daciones en pago

La Plataforma de Afectados por la Hipoteca (PAH), al igual que ya ha hecho UGT,  ha pedido al Ayuntamiento de Ávila que con carácter general devuelva el importe correspondiente al impuesto de Plusvalía en todos aquellos casos de daciones en pago, puesto que «en realidad no se trata de una ganancia patrimonial». Una petición, ha asegurado Paco Muñoz, miembro de la Comisión Jurídica estatal de la PAH y  del citado sindicato, que ya se ha trasladado al alcalde abulense en cuatro casos concretos, «sin que hayamos recibido ninguna respuesta», y que también se hace extensiva a la Agencia Tributaria.   

Esta petición al Consistorio abulense la han realizado los portavoces de la PAH de Ávila en el transcurso de una rueda de prensa en la que han dado a conocer que los afectados por ejecuciones hipotecarias con resoluciones judiciales en su contra pueden recurrir estos fallos hasta el próximo 8 de octubre, algo posible tras la reciente modificación de la Ley de Enjuiciamiento Civil que «de tapadillo», por cuanto se ha hecho «en la madrugada de un sábado a un domingo y para beneficiar a las entidades bancarias», ha realizado el Gobierno de España para dar cumplimiento a una reciente sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Una sentencia, ha explicado Sandra Velasco, portavoz de la PAH de Ávila, que establece que la imposibilidad que hasta ahora existía de recurrir la decisión del juez por parte de los afectados por ejecuciones hipotecarias «vulnera gravemente la protección al consumidor» y es  «contraria a la igualdad de las partes». Y es que hasta ahora los consumidores «sólo podían recurrir la decisión del juez si se constataban abusos en la hipoteca», pero nunca si el juez no  apreciaba éstas circunstancias, «mientras que a los bancos sí se les permitía recurrir en segunda instancia cuando los fallos no les beneficiaban», ha dicho Velasco, quien ha detallado también que la reciente modificación de la Ley de Enjuiciamiento Civil posibilita que los afectados por ejecuciones hipotecarias puedan apelar, siempre y cuando la vivienda no esté en poder de los bancos, mientras que los que ya hayan perdido la misma «podrán plantear un incidente de nulidad ante el juzgado que corresponda en función de donde esté ubicado el bien inmueble en cuestión».

Velasco, que ha criticado que  el propio anuncio de esta modificación legislativa en el BOE sirva de notificación para quienes quieran acogerse a este recurso, ha afirmado que desde la PAH van «a exigir» que se elimine el plazo de apelación a los afectados por cláusulas abusivas, así como también «que se declaren nulas las resoluciones que negaron el derecho a recurrir».