El TSJ anula el límite de renta que fijó la Junta a las familias numerosas para descuentos en las tasas universitarias

Pablo Álvarez / Valladolid
-

La Consejería de Educación ya se ha puesto en contacto con los centros para que no cobren las matrículas en tramitación, pero quien ya haya pagado tendrá que esperar a la sentencia

Las familias numerosas mantendrán las bonificaciones en las matrículas de sus hijos en las universidades de la Comunidad con independencia de su renta. La sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha emitido un auto en el que anula como medida cautelar el artículo que regulaba las tasas de las universidades en lo relativo a las familias numerosas y que, por primera, se desmarcaba de los criterios generales  aplicados a estos hogares, según se acordó en la Ley de Acompañamiento a los presupuestos de 2013.
La resolución da respuesta a un recurso presentado por la Federación de Asociaciones de Familias Numerosas de Castilla y León contra el decreto de tasas aprobado por la Consejería de Educación el pasado mes de julio en el que se fijaba una escala de ingresos para determinar las bonificaciones y exenciones del pago de las matriculas. Ese baremo iba desde los 25.308 euros para las familias con dos miembros computables hasta los 56.380 euros para las de ocho. 
La Sala de lo Contencioso Administrativo considera que cuando se trata de familias numerosas prevalece la ley estatal que las regula como así lo reconoce la propia normativa de tasas de Castilla y León, que señala: «Salvo que una norma con rango de ley dictada por el Estado disponga lo contrario, las exenciones y bonificaciones aplicables a los precios públicos se establecerán teniendo en cuenta la capacidad económica de los obligados al pago, y en el supuesto de resultar necesario, previa adopción de las previsiones presupuestarias precisas para la cobertura de la parte de coste subvencionada».
El director general de Universidades de la Junta, Ángel de los Ríos, aseguró a este periódico que ayer mismo su departamento se puso en contacto con los centros de la Comunidad para comunicarles el auto de forma extraoficial pues aún no ha llegado la comunicación oficial de la resolución. 
 
Instrucciones. Las instrucción son que se aplica el sistema anterior para las familias numerosas, sin tener en cuenta los ingresos de cada hogar, y en los expedientes que se encuentren ahora en tramitación ya se hagan efectivas las bonificaciones o las exenciones que correspondan. 
De los Ríos recuerda que cuando algún alumno se acoge a alguna bonificación, del tipo que sea, se examina toda la documentación para determinar si cumple con los requisitos, motivo por el cual no se ha procedido al cobro efectivo de algunas matrículas. 
«Cada universidad lo ha hecho de una forma diferente, no obstante, aquellos que ya hayan pagado ya las tasas tendrán que esperar a ver el resultado de la sentencia definitiva. Si da la razón a las familias que recurrieron, se les devolverá y si no, pues quedaría resuelto», apuntó Ángel de losRíos. 
De acuerdo con la normativa de los cursos anteriores, las familias numerosas de categoría especial (más de cuatro hijos) tienen derecho a la exención del pago de las tasas universitarias mientras que las de categoría general (tres y cuatro hijos, por norma general, aunque puede hay otros casos) cuentan con una bonificación del 50 por ciento. 
El director general de Universidades no cree que la medida tenga un impacto importante en las cuentas de las universidades pues el número de afectados es bajo.