El jurado popular considera culpable al acusado de malversación en Navacepedilla de Corneja

Ana Agustín
-

El jurado popular tomó su decisión por unanimidad y ahora el juez deberá dictar sentencia contra el el ex secretario del Ayuntamiento de Navacepedilla de Corneja A.C.

El juicio que se ha venido celebrando en la Audiencia Provincial desde el pasado miércoles y en el que se juzgaba la culpabilidad o inocencia del ex secretario del Ayuntamiento de Navacepedilla de Corneja A.C., acusado de un delito de malversación de fondos públicos, quedó visto para sentencia toda vez que el jurado popular emitió en la tarde de este viernes su veredicto que fue de culpable.

De tal manera, tras dos sesiones en las que se llevaron a cabo pruebas testificales y periciales y después de que las partes pronunciaran sus conclusiones, los nueve componentes del jurado se reunieron en la mañana de este martes para deliberar sobre el objeto del veredicto, planteado por el magistrado presidente de la sala.

Desde esa hora permanecieron aislados hasta tener clara su postura que se tradujo en considerar al acusado culpable del delito de malversación de fondos públicos. Se trata de un veredicto emitido por unanimidad. Así lo hizo constar el portavoz del jurado, quien también fue leyendo cada una de las cuestiones que formaban parte del objeto de veredicto. Consideraron que el secretario fue quien cobró 14.990 euros, destinados al pago de unas obras llevadas a cabo por una empresa constructora en una de las calles de la localidad. Estos hechos se remontan a 2006 cuando esa cantidad salió de las arcas municipales pero, al parecer, según las declaraciones de los responsables de la empresa constructora, «no cobramos». También consideraron los miembros del jurado que el testimonio del director de la entidad bancaria era cierto. Esta persona afirmó en la primera de las sesiones que entregó el dinero al acusado y que este firmó la carta de operaciones. Asimismo, el jurado también creyó la declaración del actual secretario del Ayuntamiento de Navacepedilla de Corneja que afirmó que el Ayuntamiento tuvo que pagar dos veces esa cantidad porque la primera vez no llegó a su destinatario y que no existía un registro en el Consistorio. Las pruebas periciales contribuyeron a formar en el jurado la clara afirmación de que la firma objeto de estudio la pudo haber hecho cualquiera «incluido el propio acusado», considerado culpable del delito de malversación de fondos públicos.

Tras la lectura del veredicto, el juez tomó la palabra y agradeció su colaboración y el cumplimiento de su deber. Aunque no tenía obligación de ello, y tras disolver el jurado popular, dio la palabra a las partes por si querían aportar algo. En este sentido, la Fiscalía se ratificó en sus conclusiones y solicitó para el acusado una pena de cinco años de prisión, ocho de inhabilitación y una indemnización de 14.990 euros. La acusación particular también se ratificó en su pena (cinco años y seis meses de prisión, doce años de inhabilitación y una indemnización al Ayuntamiento de Malpartida de Corneja por valor del dinero «apropiado indebidamente», 14.990 euros. La defensa, que no descartó presentar recurso de apelación, solicitó para su defendido la pena mínima que se traduce en tres años de prisión y seis de inhabilitación.

Ahora habrá que esperar a que el juez dicte sentencia.