El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Ávila ha anulado la resolución de febrero del año 2006 por la que el Ayuntamiento de Villanueva de Gómez autorizó la construcción de los sistemas generales de infraestructuras de la futura urbanización, a la vez que ordena el desmantelamiento de las instalaciones y obras realizadas, «devolviendo a la zona el estado preexistente al inicio de los trabajos que se hayan realizado». Además, también plantea una cuestión de ilegalidad ante la sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, frente a la modificación puntual número 4 de las Normas Subsidiarias Municipales, aprobada por la Comisión Territorial de Urbanismo de Ávila en sesión celebrada el día 29 de Marzo del año 2001.
Con esta sentencia, el Juzgado abulense da la razón a la organización ecologista SEO/BirdLife, que en marzo del pasado año presentó un recurso.
Haciendo referencia a la normativa sobre Evaluación de Impacto Ambiental, en la sentenciase recuerda que la ley obliga a someterse a una evaluación del impacto ambiental «a los proyecto públicos o privados consistentes en la realización de las obras instalaciones, de corta de arbolado con propósito de cambiar a otro tipo de uso del suelo cuando no esté sometida a planes de ordenación y afecte a una superficie mayor de 20 hectáreas. En aplicación de las leyes indicadas, la modificación de las Normas Subsidiarias de Villanueva de Gómez debió llevar a cabo una evaluación de impacto ambiental antes de su aprobación... Si con la modificación del Plan se lleva se efectúa un cambio del uso del suelo, se debería llevaría tomar en cuenta una serie de estudios, en los que se evaluará el impacto ambiental».
Al mismo tiempo, sobre la licencia concedida por el Ayuntamiento para la construcción de los sistemas generales de infraestructuras, se indica que la autorización «no contó con ningún informe técnico, jurídico o de otro tipo. No se aprobó con anterioridad ningún instrumento de desarrollo o gestión urbanística. No se llevó a cabo el plan especial para delimitar el ámbito de la actuación, y de esta forma se viola la normativa urbanística de la localidad que dispone que cualquier desarrollo en el suelo de protección se llevará a cabo con planes especiales y no podrá alterar el estado actual del pinar y el entorno del Río Adaja.
Juan Carlos Atienza, Coordinador del Área de Conservación de SEO/BirdLife, mostró su satisfacción por el fallo del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, y aseguró que «el sentido común se ha impuesto y se ha detenido otra barbaridad urbanística más. No es posible que el desarrollo de un pueblo de 150 habitantes pase por la construcción de 7.500 chalés en un bosque de altísimo valor natural». Al mismo tiempo, Atienza comentó que, «ante los sólidos argumentos, espero que no haya recursos»
Al mismo tiempo, desde SEO se indica que «hasta la fecha se han llevado a cabo las obras de los viales que han supuesto la tala de miles de árboles y el asfaltado de las calles. Sin embargo, esta sentencia anula la posibilidad de la construcción de 7500 viviendas y de 3 campos de golf que supondría la destrucción de gran parte de la superficie forestal de esta zona tan valiosa. De realizarse este proyecto supondrá la completa destrucción y de forma irreversible de un bosque con excelentes poblaciones de aves forestales y rapaces entre las que cabe destacar especies catalogadas en peligro». En este sentido, Atienza afirmo que desde SEO se volverá a solicitar a la Consejería de Medio Ambiente que toda esta zona del corredor del Adaja sea declarada ZEPA.
Cabe recordar que una vez realizados los viales, las obras de la urbanización llevan más de dos años paradas.
Mientras tanto, José Martín, alcalde de Villanueva de Gómez, no quiso pronunciarse sobre la sentencia, asegurando que «antes de realizar ninguna declaración prefiero conocer con detalle el fallo y las argumentaciones».